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Violencia de género, programas sociales y grupos vulnerables en el Estado de México: ¿distintos nombres? ¿Distintos problemas?

Publicado el 1 de septiembre de 2022

Marisol Carmona Zamudio
Licenciatura en Etnología, Escuela Nacional de Antropología e Historia
email120160655@enah.edu.mx

La Secretaría de las Mujeres del Estado de México (SMEM) lanzó una campaña en el año 2020 alusiva a erradicar la violencia de género en la entidad gobernada por Alfredo del Mazo Maza; esto lo hizo a través de la iniciativa Red Naranja, la cual, de acuerdo con los portales del gobierno estatal, resulta hoy en día una iniciativa un tanto difusa, debido a sus múltiples denominaciones (Red Naranja; Centros Naranjas; Centro Naranja de Atención a Mujeres sus Hijas e Hijos en Situación de Violencia). Cabe destacar que dicho gobernador ha enfocado su campaña política en la atención a las mujeres como un tema prioritario desde el 2017. Sin embargo, ¿qué impactos ha tenido esta política pública desde su implementación hasta la actualidad?

El 18 de diciembre del 2000 fue creado Instituto Mexiquenses de la Mujer, con la finalidad de erradicar los estereotipos desde una perspectiva de construcción de igualdad; posteriormente, para el 2006 este instituto se renombró como Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social (CEMyBS), donde se dio continuidad al trabajo con uno de los sectores de la población mexiquense más vulnerables: las mujeres. En este sentido, en el 2020 se creó la SMEM, impulsada por el gobernador a dos años y un mes de su investidura como gobernador. La institución se enfocaría en responder de manera determinante a esas problemáticas de una forma más especializada.

No obstante, durante este proceso resulta relevante identificar que en un inicio el propósito de esta institución era atender a toda la población en busca de un trato de igualdad. Para 2006 dejó fuera demás sectores vulnerables y sólo se enfocó en las mujeres mexiquenses, así como en otorgar programas de apoyo económico. Ya para el 2020 su mismo renombramiento destacó que el servicio sería únicamente a mujeres; pero ¿por qué se pasó con la búsqueda por erradicar la discriminación de distintos sectores a un sector específico? ¿Acaso ya no tenían importancia los otros sectores de la población que se encontraban —y encuentran— en una condición de vulnerabilidad ante algún tipo de violencia, llámese económica, física, política, entre otras? ¿Acaso dejó de existir la violencia de género entre la población mexiquense? O bien, ¿se crearon nuevas instituciones que atendieran al resto de grupos vulnerables ante un tipo de violencia por su género? O finalmente, ¿sólo se buscaba dar un apoyo económico a ciertos sectores de la población? Y si así fuera, ¿por qué?

Para dar respuesta a esta serie de interrogantes, es importante retomar una categoría que nos permita comprender el contexto bajo el cual se gesta este tipo de políticas públicas: la violencia de género, definida por la Organización de las Naciones Unidas, ONU Mujeres, como: “los actos dañinos dirigidos contra una persona o un grupo de personas en razón de su género. Tiene su origen en la desigualdad de género, el abuso de poder y la existencia de normas dañinas”. Dicha definición, en comparación con la considerada en el portal web de la Secretaría de las Mujeres, define violencia de género de la siguiente forma: “la desaparición de personas es un fenómeno que presenta una serie de retos importantes a nivel mundial, la complejidad del tema se deriva de la diversidad de causa y contextos que lo envuelven; por lo tanto, requieren un abordaje situado a cada uno de estaos contextos”. Es decir, ni siquiera hay una alusión al tema de violencia de género.

En este contexto, es importante señalar algunas problemáticas al respecto, entre ellas, que no se tuvo una idea clara para definir violencia de género por parte de la SMEM. Ciertamente, la violencia de género puede abarcar a distintos grupos, sean hombres, mujeres, niños, migrantes, comunidad LGBT+, adultos mayores, adolescentes, indígenas y personas con alguna discapacidad, entre otros. En consecuencia, la violencia de género no es única y exclusiva de las mujeres y, asimismo, no está relacionada directamente con la desaparición de personas, aunque cabe señalar que este delito puede ser una de las diversas formas de violentar a una persona o grupo.

Al no existir una definición clara por parte de la institución, parece difuso también su actuar respecto al sector o sectores que atiende —aunque éstos sólo se les incluya en su discurso— como lo refería el periódico La Razón, el día 23 de mayo de 2022, que destacaba que “Alfredo del Mazo indicó que el combate a la violencia de género en la identidad une autoridades y sociedad civil, para fortalecer los mecanismos de prevención, atención y sanción”. No obstante, pasando del discurso a los hechos, ¿cómo se busca erradicar la discriminación? ¿Acaso no se tiene claridad y conocimiento de las problemáticas a resolver por parte del Estado?

En este orden de ideas, cabe mencionar que desde la creación de la actual SMEM (hace más de 20 años), el Estado de México no había gestionado alguna institución que atendiera la gran problemática de violencia de género contra la mujer, hecho que resulta una negligencia por parte del Estado, debido a la falta de visibilidad que se le ha dado al problema, y aunado a que, históricamente, ha sido gobernado por el mismo partido.

Por otra parte, al buscar información en la página oficial de la SMEM se identifican distintas irregularidades; ejemplo: el programa Red Naranja, también denominado Centro Naranja y, además, identificado como Centro Naranja de Atención a Mujeres sus Hijas e Hijos en Situación de Violencia, es nombrado de tres formas distintas. Esta ambigüedad nos hace reflexionar y cuestionarnos: ¿son el mismo programa? ¿Sólo atenderán a mujeres que tengan hijos? ¿Por qué dan por sentado que todas las mujeres que sufren violencia tienen hijos? Es decir, hay confusión tanto en su definición oficial como en la descripción de sus funciones.

Asimismo, se encontró que el programa (Centro Naranja) buscaba dar orden a 57 unidades para atención a grupos vulnerables; entre ellos se enlistan diversas denominaciones: centros de atención para mujeres (CAM); centros de atención integral para mujeres (CAIM); centros regionales de atención a mujeres rurales e indígenas (CRAMRI); Centro Regional de Atención para la Mujer (CRAM); centros de justicia para mujeres, y finalmente, Unidad de Atención a la Violencia Sexual, por sólo mencionar algunos de estos centros, los cuales mantienen presencia nada más en algunas delegaciones del Estado de México.

Es importante enfatizar que los centros previamente mencionados fueron creados antes del 2020, con un particular énfasis de creación de estas instituciones durante 2019. Asimismo, todos ellos tienen diferentes nombres y cumplen diferentes funciones. ¿Por qué fueron creados estos centros o unidades sin antes saber cómo adminístralos? ¿Existió alguna presión política o económica, más que social, para la creación de éstos? ¿Responden a algún interés político? ¿Puede ser un interés particular o derivado de una presión de estatutos internacionales en los que México ha signado?

A dos años de la gubernatura de Alfredo del Mazo Maza, sus palabras y promesas acerca de “erradicar, investigar y castigar todo tipo de violencia contra las mujeres” sólo se ha traducido en la creación o, mejor dicho, en la renovación de instituciones y en ellas, de discursos y cargos políticos donde sus escasos resultados no corresponden con la realidad que padecen las mujeres y demás grupos vulnerables en el Estado de México. Esto a pesar de que al mantenerse el mismo partido político se supondría una planeación y ejecución adecuada de dichos programas e instituciones; es decir, una continuidad política a favor de la sociedad.



Formación electrónica e incorporación a la plataforma OJS, revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero, BJV