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Embajadores LGBT+

Publicado el 9 de septiembre de 2022

Diego Saucedo Portillo
Licenciatura en Derecho, Facultad de Estudios Superiores Acatlán, UNAM, y
estudios en la Universidad de Leiden, Países Bajos, en materias como derechos
humanos, migración, integración y no discriminación, derecho cibernético, políticas
de impuestos corporativos, comercio y finanzas en la economía global, al igual que
en emprendedurismo e innovación. Colaborador en la Oficina Verde de la Leiden
University Green Office, como columnista internacional en tópicos de derecho
comparado mexicano-europeo con énfasis en la materia medioambiental. Estancia
en la UNAM-Canadá, en su sede en Ottawa
email diegosauport@gmail.com

En el mundo cambiante y sumamente dinámico en que nos desenvolvemos, muchas de nuestras prioridades, inquietudes o aspectos que nos conciernen o reflejan nuestra forma de ser, suelen encontrarse en sintonía con las agendas políticas de diversos gobiernos o instituciones públicas. No obstante, cuando se suscitan cambios abruptos o sin comparación, mucho de lo que podría darse como socialmente aceptado y practicado o tenido por seguro, repentinamente se ve restringido, prohibido, o inclusive vuelto ilegal.

Ejemplo de ello es la decisión tomada por la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, donde tras haberse mantenido durante cinco décadas gran número de fallos apegándose al stare decisis, además de que los tres justices, nominados por Trump y confirmados por el Senado americano, hubieron testificado bajo juramento en sus respectivas audiencias de nominación. Éstos refirieron que respetarían dicho precedente y que la situación de respeto a la garantía, acceso y protección a nivel federal respecto del derecho al aborto se mantendría como había venido suscitándose.

Hoy se vuelve evidente que fue mentira lo declarado y que con la adopción de una postura originalista de los justices conservadores, todo aquello que en su parecer no se apegue a la idea y propósitos originales de los redactores de la Constitución americana, o que no sea referido expresamente en el texto constitucional, podrá ser prohibido o eliminado. Ya ha habido otra serie de fallos en este sentido, en cuanto a seguridad nacional, armas y medio ambiente concierne. ¿Habremos de despertar un día donde en los Estados Unidos la segregación y el racismo sean instaurados de nueva cuenta? ¿Que las mujeres sean privadas de más derechos, como el derecho al voto, a tomar sus propias decisiones (aunque ya quedó patente que ha comenzado una regresión en este ámbito)?

Por razones como éstas el Congreso americano, particularmente los demócratas, han comenzado una carrera contra el tiempo, recordando que en noviembre de este año habrá elecciones intermedias y que los resultados, históricamente, no suelen favorecer al partido en el gobierno, pues ahora derechos ganados a base de precedentes judiciales peligran más que nunca, siendo así que se ha intentado codificar (volver ley escrita y aprobada por las cámaras) para que pueda ser más compleja su derogación y más cierta y clara su protección y alcances en cuanto a matrimonio igualitario respecta y derechos LGBT+ lato sensu.

Una persona que se identifique y autoadscriba a dicha comunidad, por el simple hecho de ser un ser humano, posee todos los derechos que inherentemente trae consigo desde el momento en que nació. Asimismo, si se quiere robustecer esta postura, y desde una óptica fiscal, al ser contribuyentes y pagar sus impuestos, es que se ven sujetos a gozar de las prebendas, mecanismos, instituciones y garantías que el Estado ofrece para garantizar y materializar tales derechos; mas este no es aquel que por decreto o voluntad, a manera de perdón papal, otorgue o prive a cualquiera de sus titulares. No se buscan exenciones, privilegios o regímenes preferentes, sino un trato y vida libres de violencia, discriminación, marginación y oscurantismo, a la par de ser protegidos y salvaguardados por el Estado y sus funcionarios, al igual que crear conciencia y convicción en el resto de la sociedad.

Es en este contexto que contados países, 33 para ser exactos, principalmente europeos y, en general, con altos índices de desarrollo humano (de los 193 contemplados por la Organización de las Naciones Unidas), reconocen el derecho al matrimonio igualitario, tendiendo que este derecho tiene definiciones, alcances y significados distintos según el país o región, pero que podría ser sintetizado como el derecho que tienen dos personas (independientemente de su sexo) a contraer nupcias y a disolver dicho vínculo, pues, de forma similar e interrelacionada, debe hablarse de divorcio como otro derecho, existiendo dos países que aún prohíben éste último (Filipinas y El Vaticano).

Por otra parte, tenemos un número casi igual de países que no sólo prohíben, sino castigan toda forma de orientación sexual e identidad y expresión de género distintas a los cánones heteropatriarcales y religiosos, mismos que se han tornado leyes o decretos, donde dichas ideologías se han visto representadas y amparadas por el poder para ser implantadas. Sirviendo para ejemplificar esta situación, tenemos que Rusia (2020) y Georgia (2018) aprobaron reformas constitucionales para señalar que el matrimonio es únicamente entre un hombre y una mujer, vedando así el derecho a los miembros de la diversidad sexual. De igual manera, Nigeria tipifica como delito toda forma de unión entre personas del mismo sexo, siendo el título mismo de la ley Same Sex Marriage (Prohibition) Bill, o ser castigados con la pena de muerte, principalmente en países donde rige la ley islámica de la sharía, como en Irán, Arabia Saudita, Yemen o Sudán. Es así que organizaciones como ILGA han definido acciones como estas como homofobia de Estado.

Ahora bien, es de amplio conocimiento que nuestro sistema jurídico, en el devenir histórico, se ha visto influenciado por corrientes, doctrinas y escuelas americanas, francesas e italianas que han redundado en la creación e implementación de instituciones, figuras y legislación que hoy en día continúa vigente, para ello basta consular el Código de Comercio o diversos códigos civiles, y su división, clasificación y estudio nos permitirá conocer la impronta que han dejado en México.

En fechas recientes, la primera ministra de Francia, Elisabeth Borne, anunció la creación de la figura de embajador LGBT+ (o de los derechos LBGT+). Este nuevo cargo podría suscitar oposición o dudas respecto de sus encomiendas, semejanzas y diferencias con un embajador ordinario. ¿Acaso Francia ahora tendrá dos embajadores en cada uno de los países donde cuente con representación? ¿Qué atribuciones y facultades tendrá? ¿Versará su agenda exclusivamente en derechos humanos o entreverá en cuestiones económicas o políticas?

Para despejar estas dudas, y otras más que se pudieran suscitar, es necesario clarificar de forma ilustrativa, mas no limitativa, la serie de tareas a las que un embajador se suele dedicar. Entre éstas encontramos que, primordialmente, es representar a su país, junto con sus prioridades, metas, perspectivas, valores, necesidades e idiosincrasia ante otras naciones y sus respectivos pariguales. Esta representación en asuntos diplomáticos incumbe cuestiones económicas, comerciales, culturales, turísticas, militares e inclusive el voto y representación de nacionales en el extranjero.

Habiendo clarificado esta cuestión, vemos que la persona designada por su país (independientemente de los órganos de donde provengan las nominaciones y ratificaciones) y la extensa gama de asuntos y tópicos que debe afrontar, permite ver que es una labor de suma responsabilidad, dinamismo y de amplias perspectivas.

Es señalado que de entre las funciones que el embajador LGBT+ tendrá se encuentra la coordinar las acciones para la protección contra la discriminación, a la par de promover los derechos LGBT+ en el mundo, estado adscrito al Ministerio de Europa y Asuntos Exteriores francés, siendo tanto dependiente como nombrado por el Ejecutivo francés. Esta figura guarda grandes similitudes a las de oficinas, enviados o agregados que poseen ciertas embajadas y que se centran en tópicos específicos que son relevantes para determinada nación (recordemos que los hay culturales, laborales, militares, de prensa, por señalar algunos).

Además, habrá de pugnar por la despenalización universal de la homosexualidad y la transexualidad, pues como señalamos con anterioridad, siguen siendo consideradas como delito, e inclusive pecado, en otras latitudes del orbe. Cobra esencial relevancia, en el marco de las constantes regresiones en materia de derechos humanos en el mismo continente europeo, como se ha visto en la deriva autoritaria experimentada en Hungría o el endurecimiento en el discurso intolerante y discriminatorio e implementación de medidas LBGTTTIfóbicas instauradas en Polonia, como el caso de las ciudades o zonas LGBT-Free, casos revisados y sancionados por diversos órganos y tribunales de la Unión Europea.

Por su parte, en noviembre de 2021 Italia nombró a su primer Enviado Espacial para la Defensa de los Derechos Humanos de las Personas LGBT+, el diplomático Fabrizio Petri, abiertamente homosexual, resultando sorprendente para propios y ajenos, siendo esta nación una de las que se encuentran en la retaguardia europea en materia de reconocimiento y protección de estos derechos, pues hoy en día sigue sin contarse con matrimonio igualitario en dicho país (sólo reconoce las uniones civiles, un régimen jurídico considerado por diversos académicos y activistas como de tipo separados pero iguales). Además de que dos meses antes, en octubre del mismo año, un proyecto de ley contra la homofobia y la transfobia, mismo que había ya recibido media sanción de parte de la Cámara de Diputados, fue rechazado en el Senado, dada una moción que determinó que habría de ser decidida mediante voto secreto, aunada a presiones y una inusitada injerencia pública de la Iglesia italiana y El Vaticano.

Otro país que cuenta con una figura similar es el Reino Unido, teniendo a Nick Herbert como Enviado Especial del Primer Ministro del Reino Unido para los Derechos LGBT. Sin embargo, sus funciones son todavía más difusas, pues en el nombramiento se señaló que habría de avanzar en reformas legislativas, en abordar la violencia y la discriminación, y garantizar la igualdad de acceso a los servicios públicos, todo lo anterior respecto de personas LGBT+. De entre las cuestiones que más dudas suscitan están sus antecedentes como diputado y ahora miembro de la Cámara de los Lores por parte del Partido Conservador, además de la indiferencia dada a este sector por parte del gobierno del primer ministro Boris Johnson, a la par de haberse cancelado la primera Global LGBT+ Conference, organizada por el gobierno británico, en el medio del boicot organizado por grupos defensores de los derechos LGBT+, dada la postura hostil y discriminatoria del gobierno mismo en cuanto a asuntos trans compete.

En nuestro continente, en mayo pasado, el canciller argentino Santiago Cafiero nombró a Alba Rueda, destacada activista trans, como Representante Especial sobre Orientación Sexual e Identidad de Géneros, adscrita a la Cancillería y teniendo rango de subsecretaría, además de estar en la categoría de embajadora extraordinaria y plenipotenciaria para el ejercicio de sus funciones. Un encargo similar puede ser encontrado en Alemania, con Sven Lehmann, con la denominación de Comisionado del Gobierno Federal para la Aceptación de la Diversidad Sexual y de Género (conocido de forma coloquial como queer commissioner); no obstante, su ámbito de acción sea primordialmente al interior de dicho país (de carácter nacional). Esta figura pudiera ser adoptada en nuestro país como una adscrita a la Secretaría de Gobernación, enfocada exclusivamente en dicho sector de la población, como ha ocurrido en nombramientos especiales en materia de adicciones, atención a víctimas o de asuntos indígenas.

Finalmente, en orden cronológico inverso, el primer país en haber creado esta figura fue Estados Unidos, en el segundo periodo de Barack Obama, cargo que permaneció vacante durante la administración Trump. Ya bajo el gobierno de Joe Biden, Jessica Stern fue nombrada enviada especial del gobierno de los Estados Unidos para la promoción de los derechos de las personas LGBT+ a nivel global, destacando el perfil de que posee, dado que ha sido una asidua defensora de los derechos humanos LGBT+ en los Estados Unidos, con énfasis en su paso en OutRight Action International, una ONG neoyorquina que asesora a gobiernos y organizaciones internacionales como la ONU en dicha materia, además de haber desempañado diversos cargos en otras ONGs, como Amnistía Internacional o Human Rights Watch.

Dentro de los objetivos y metas que se tienen para dicho cargo están el garantizar que las democracias del mundo incluyan a las personas LGBT+ y den respuesta a sus necesidades y preocupaciones, aunado a implementar políticas y prácticas de equidad y reconocimiento en cuerpos internacionales, así como pugnar por la asistencia y reconocimiento de matrimonios homosexuales en casos donde las personas solicitan asilo o refugio y provienen de países donde son perseguidas o dichas figuras son inexistentes o castigadas por la ley, sumado a luchar por el reconocimiento legal del género, reforzar las políticas de no discriminación y ampliar las leyes sobre violencia de género para que no se limiten a las relaciones conyugales y de distinto sexo, por enlistar las principales.

No obstante lo antes señalado, figuras y organizaciones defensoras de los derechos LGBT+ han manifestado que habrán de estar pendientes y vigilando las acciones emprendidas por este nuevo embajador (y sus homólogos), a la par de realizar cuestionamientos válidos respecto de la efectividad de la encomienda cuando se trate de consensuar y equilibrar los derechos LGBT+ con intereses económicos y políticos ante regímenes autoritarios o represivos.

Claro está que hay miembros de la comunidad LGBT+ fungiendo como embajadores, tanto en México como de origen extranjero, que bien pueden ocultar su orientación sexual o vivirla públicamente, como es el caso de Chantale Wong, la primera mujer abiertamente lesbiana en ser nominada y confirmada para servir como directora del Banco Asiático de Desarrollo, con el rango de embajadora, o como el sorprendente pero icónico caso de Christopher Lamora, diplomático abiertamente homosexual en ser designado embajador en Camerún, país donde la homosexualidad continua siendo ilegal y se castiga con penas de seis meses a cinco años de prisión.

Hoy en día sólo un puñado de países cuenta con posiciones símiles a la recientemente creada por Francia, compartiendo que la mayoría de éstas son encabezadas por miembros de la diversidad sexual, además de ser casi idénticas las responsabilidades para las que fueron concebidas. Resta dar respuesta a preguntas como ¿cuán buena es la creación de figuras como esta? ¿Se logrará que primen los derechos humanos sobre intereses geopolíticos? ¿Habrá avances y serán relevantes respecto de las tareas encomendadas? Quien escribe estas líneas expresa su voluntad y voto de confianza a que esto sea así. ¡Los derechos LGBT+ son derechos humanos!

Empero, como al poder mismo, hay que seguirle el paso, evaluarlo, criticarlo con fundamentos y proponer alternativas de solución y mejora. A los resultados esperaremos, y sólo así podremos ver si se trata de un cargo relevante y necesario o si únicamente permanece en un nombramiento más.


Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero