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¿Deben o pueden nuestros
jueces ser influencers?1

Publicado el 21 de octubre de 2022


Pedro Salazar Ugarte

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM,
email pedsalug@yahoo.com

En el diccionario de la Real Academia Española no existe una definición del término influencer. Así que recurro a una definición que arroja el buscador de internet: “Persona que destaca en una red social u otro canal de comunicación y expresa opiniones sobre un tema concreto que ejerce una gran influencia sobre muchas personas que la conocen”. Me parece sensata y creo que el núcleo de la definición está en el término “influir”, que sí está en el diccionario de la RAE: “Dicho de una persona o de una cosa: Ejercer predominio, o fuerza moral”.

La introducción viene al caso porque ayer leí un interesante discurso del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el que bajo la premisa –sin duda precisa– de que “los mexicanos no confían en su justicia”, pide a las personas juzgadoras romper con el paradigma de hablar solo por sus sentencias y acercarse “a la gente con todos los instrumentos que tenemos en la modernidad”.

En el discurso subyace una profunda y atinada denuncia de la injusticia que lastima a la sociedad mexicana. Así que es legítimo suponer que el llamado del presidente de la SCJN para transmitir que las personas “no están solas y que los jueces federales están ahí para defender sus derechos, para ser sensibles, para ser empáticos, precisamente con esa situación de desigualdad que padecen todos los días”, está orientado a que juezas y jueces se conviertan en una suerte de “fuerza moral”. Es decir, es un llamado para que se conviertan en influencers.

El propio presidente Zaldívar ha explorado esa trayectoria a través de sus cuentas de Twitter y Tik Tok. En esta última plataforma existe un video que data de septiembre del año pasado en el que explica que su incursión en la misma tiene la finalidad de acercarse “a los más jóvenes”. A juzgar por el número de visitas y los comentarios a sus videos más recientes, lo está logrando. En ese espacio la popularidad del presidente Zaldívar parece notable.

Desconozco si otras personas presidentes de Cortes constitucionales hayan seguido o estén siguiendo la misma estrategia. Pero creo que el tema, además de interesante, merece una reflexión detenida. En este espacio me limito a proponer tres directrices posibles para detonarla.

La primera tiene que ver con la política de comunicación social que deben adoptar quienes presiden o representan a instituciones del Estado. En el caso de México, el artículo 134 constitucional ordena que “la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales (…), deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”. Y remata con lo siguiente: “En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”. Dejo abierta la pregunta: ¿Es relevante esta disposición para la estrategia y propuesta del presidente de la SCJN?

La segunda idea que sugiero para deliberar tiene que ver con la naturaleza colegiada de muchos órganos jurisdiccionales, entre ellos la SCJN. ¿Quién puede hablar por un órgano en el que muchas decisiones se adoptan desde el disenso, la discusión y las votaciones mayoritarias? El paradigma que el ministro presidente propone abandonar prescribe que la voz de los jueces solo debe provenir de sus sentencias. Por eso, en ese paradigma, se espera que éstas sean claras y accesibles. Eso no es incompatible con estrategias institucionales –que pueden utilizar las tecnologías de la modernidad– para comunicar las razones y conclusiones de las sentencias. Pero solo debe hablar la voz del colegiado y solo de decisiones jurisdiccionales.

La tercera propuesta para el debate tiene que ver con la necesidad de precisar qué quiere decir acercar la justicia —y a quienes la ejercen– a la sociedad. Una alternativa es lograr simpatía y empatía hacia las personas juzgadoras. Creo que hacia allá conduciría que fueran influencers. Pero es posible que esa inclinación afectiva y esa identificación con ellas –aunque se logre– no subsane el malestar con la justicia. La otra alternativa es mejorar procedimientos y argumentos para garantizar la imparcialidad y lograr el anhelo inalcanzado de una “justicia pronta y expedita”. En esta arista se desdibuja el decisor pero convence el resultado. Y, si se comunica bien, mejor.

PD. El título de este modesto artículo es eco de un texto memorable y notable de Ronald Dworkin: “¿Deben nuestros jueces ser filósofos? ¿Pueden ser filósofos?”


NOTAS:
1 Se reproduce con autorización del autor, publicado en El Financiero, el 12 de octubre de 2022.

Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero