La objeción en el desahogo de la prueba testimonial del Nuevo Sistema de Justicia Laboral
Publicado el 20 de enero de 2023
Luis Alejandro Pérez González
Licenciado en derecho, Universidad Autónoma de Nayarit
alejandrov.juridico@gmail.com
La objeción es una forma de manifestar un desacuerdo u oposición ante algo, en el caso de la objeción, desde el punto de vista jurídico, es el rechazo a la idea o razonamiento, asimismo, la objeción en la prueba es precisamente el rechazo a la misma por distintas razones. En el Nuevo Sistema de Justicia Laboral, iniciado con la reforma del 1 de mayo del 2019, la objeción en la prueba testimonial tiene dos formas de existencia.
La nueva Ley Federal de Trabajo manifiesta, sobre la prueba testimonial, la existencia de dos tipos de objeciones: la primera la podemos definir como procedimental o parcial, en este caso la objeción se realiza en la prueba, dentro de su desahogo, con sustento en el artículo 815 fracción V, párrafo tercero de la Ley Federal de Trabajo, y la finalidad que tiene es manifestar al juez de que en el desahogo no se están respetando las reglas procedimentales; mientras que el segundo tipo de objeción es total, en este caso la objeción se realiza sobre la prueba, posterior a su desahogo, con sustento en el artículo 818 de la Ley Federal de Trabajo. Es importante mencionar que este análisis sólo pretende abordar el tema de la objeción procedimental (artículo 815 fracción V, párrafo tercero de la Ley Federal de Trabajo), dejando el otro tipo de objeción para otro análisis independiente.
El artículo 815 fracción V de la Ley Federal de Trabajo establece la forma en la que se realizarán preguntas, para lo cual se debe establecer las reglas que menciona dicho artículo en el respectivo interrogatorio, y para ello tenemos que entender la objeción, que en su definición misma establece ser una razón en contra de una opinión, por lo que en ese sentido, una objeción es una oposición por sí misma, dicha oposición u objeción debe tener un sustento, para ello el artículo en ciernes establece las reglas y por ende, en sentido opuesto, establece el sustento de la objeción.
De esa forma tenemos que el desahogo durante la prueba testimonial prohíbe, según el artículo 815 fracción V: a) Preguntas que no seb) Preguntas que lleven implícita la contestación, c) Preguntas ambiguas, d) Preguntas indicativas, e) Preguntas ajenas a hechos y circunstancias de la prueba y f) Preguntas que pretendan coaccionar a los testigos. Derivado de lo anterior, entonces podemos mencionar que la objeción en la prueba testimonial puede sustentarse en los puntos anteriormente descritos, ante ese tipo de preguntas; sin embargo, se considera que la exposición por parte del legislativo se ha quedado corta y a la vez, ya ha sido superada, como ejemplo podemos ver la tesis de registro digital 2023710, dictada por Tribunal Colegiado de Circuito de la Décima Región, publicó: PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO LABORAL.LA PROHIBICIÓN DE FORMULAR PREGUNTAS SUFESTIVAS EN SU DESAHOGO NO OPERA EN LA FASE DEL CONTRAINTERROGATORIO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 815, FRACCIÓN V, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE MAYO DE 2019. Tesis en la que manifiesta que la prohibición aquí señalada en b) Preguntas que lleven implícita la contestación, no será posible objetar en contrainterrogatorio, es decir, ante las preguntas que la parte contraria de quien ofreció la prueba. Por lo que, en esa línea argumental, no es posible objetar dichas preguntas en contrainterrogatorio.
Es importante entonces, ahora expuesta una excepción hacia un tipo de objeción en la prueba testimonial, preguntarse si las prohibiciones aquí mencionadas son la totalidad de las objeciones plausibles en el juicio, en este caso la respuesta ya se había adelantado: no. En esta consideración el legislador ha sido omiso en especificar un catálogo amplio de objeciones que tendrá que ser rellenado a través de los respectivos litigios e interpretaciones como la que acabamos de ver. Para tratar de adelantar ese escenario, es vital que se realicen ejercicios de derecho comparado, tanto en la legislación nacional como en la materia internacional, hay que recordar que la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2019, así como la reforma al Sistema Penal Acusatorio del 2008 han sido reformas inducidas directa o indirectamente por agentes extranjeros, en este caso, Estados Unidos ha realizado presión al respecto y debemos entender, por tanto, que nuestras reformas parten de bases teóricas de los mismos, quienes tienen realizando litigación oral por un amplio tiempo en comparación a nuestro Estado mexicano.
En primer lugar, podemos acudir al Código Nacional de Procedimientos Penales, mismo que en su artículo 373 establece las reglas de preguntas y como se ha mencionado, en sentido contrario, el sustento de la objeción. En este artículo se establece prohibición para: a) Preguntas Ambiguas o poco claras, b) Preguntas Conclusivas, c) Preguntas impertinentes o irrelevantes o argumentativas, d) Preguntas que tiendan a ofender o coaccionar.
Si se analiza con delicadeza se puede ver que existe una correlación en el tipo de preguntas prohibidas y, por ende, objetables, siendo la Ley Federal de Trabajo la que añade las preguntas repetitivas (mismas que la ley penal no establece, pero sí prohíbe) e indicativas, mientras el Código Nacional sólo establece un tipo de pregunta no analizada por la Ley Federal del Trabajo: la pregunta conclusiva. Sin embargo, se considera que los avances de la legislación mexicana no han sido suficientes para contener toda una realidad misma en los artículos mencionados y esto es porque la forma de ver el sistema de justicia no es holística.
Para analizar esta situación veamos las objeciones más usuales del litigio de Estados Unidos con sustento en las Federal Rules of Evidency: 1. Asked an answered. Su traducción es preguntada y resuelta, o repetitiva. Su sustento es la regla 403 de las Reglas Federales de Evidencia. 2. Argumentative. Su traducción es argumentativa. Su sustento es la regla 403 de las Reglas Federales de Evidencia. 3. Compound Questions. Su traducción es compuesta. Su sustento es la regla 403 de las Reglas Federales de Evidencia. 4. Interrupting Witness. Su traducción es de interrupción de testigo. Su sustento es la regla 611 de las Reglas Federales de Evidencia. 5. Outside the Scope of direct of Cross. Su traducción es fuera del alcance del examen o contra examen. Su sustento es la regla 403 de las Reglas Federales de Evidencia. 6. Relevance. Su traducción es relevancia. Su sustento es la regla 401 de las Reglas Federales de Evidencia. 7. Lacks Personal Knowledge. Su traducción es falta de conocimiento personal. Su sustento es la regla 602 de las Reglas Federales de Evidencia. 8. Calls for Speculation. Su traducción es incitación a la especulación. Su sustento es la regla 701 de las Reglas Federales de Evidencia. 9. Calls for Legal Conclusión. Su traducción es incitación a conclusión legal. Su sustento es la regla 703 de las Reglas Federales de Evidencia. 10. Hearsey. Su traducción es de referencia. Su sustento es la regla 801 de las Reglas Federales de Evidencia.
Se reitera que, en este análisis comparado, solamente se eligieron las objeciones más comunes, no todas las que cuenta el sistema norteamericano para realizar. Ahora bien, quitando aquellas que sí tienen un homólogo en el sistema de justicia laboral, podemos mencionar que las que restan y no han sido analizadas por la Ley Federal de Trabajo son: a) Fuera del alcance del examen o contra examen, b) Falta de conocimiento personal, c) Inducción a la especulación, d) Inducción a la conclusión legal, y e) Referencia.
Sólo este número de objeciones se considera que son posibles de realizar en el sistema laboral, pese no estar en la legislación. Véase, por ejemplo, en el caso de a) Fuera del alcance del examen; dicha objeción se puede realizar porque las reglas procedimentales exigen que al agregar un testigo se señale los hechos que va narrar en juicio, por ende si se hace una pregunta que escape de esos hechos señalados está siendo fuera del alcance de examen, por tanto objetable; b) Falta de conocimiento personal, y c) Inducción a la especulación, en análisis conjunto, este tipo de objeción se considera plausible puesto que evita que el juzgado se llene de información que un testigo no tiene, es decir, especula sobre hechos que no le corresponden y por tanto debe ser detenido. En cuanto a la d) Inducción a la conclusión legal, también es una objeción plausible ya que implicaría realizar una atribución del Tribunal, no del testigo, y en cuanto a la última, e) Referencia, esta objeción se realiza porque el testigo menciona cosas que escuchó o le contaron y no así de hechos que haya presenciado directamente, por lo que dicho testimonio es inválido para la justicia y, por tanto, la pregunta que incite a ello es objetable.
Del presente trabajo se puede entonces realizar una conclusión somera, la legislación adjetiva que regula las disposiciones de la objeción, ante la falta de un catálogo amplio de la misma, necesitará ser llenada con la misma práctica. A su vez, la inexistencia en específico de este catálogo, se considera no debe limitar la aplicación de objeciones fuera de éste, puesto que ello tiene que ser analizado de forma general. Es decir, las objeciones citadas de los norteamericanos, así como las del Código Nacional de Procedimientos Penales que no se encuentran reguladas por la Ley Federal de Trabajo son plausibles de realizar en juicio porque tienen que ver con la prueba misma, más que un aspecto formal de objeciones, es decir, los litigantes, así como el juez a cargo de los procesos, tienen que velar porque la información que ingresa a los juicios a través de la prueba testimonial no vaya en contra de las reglas mismas, y ese es todo el fundamento necesario para realizar la objeción, si bien el legislador intentó realizar esta parte con lo establecido en el artículo 815 fracción V de la Ley Federal de Trabajo, del entendimiento general de la ley, así como de los principios procesales, se puede ver que la objeción tiene la única función de impedir la violación a las reglas, por tanto, cualquier violación tiene que ser objetada, cualquier pregunta que así lo haga debe y puede ser objetada por el litigante contrario a la cuestión.
Referencias
-Carlson, R. L., Imwinkelried, E. J., & Bright, M. H. (2019). Objections at trial. NITA, National Institute for Trial Advocacy.
-Código Nacional de Procedimientos Penales. (19 de febrero de 2021). Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf.
-Federal Rules of Evidence. (01 de diciembre de 2022). Disponible en: https://uscode.house.gov/view.xhtml?path=/prelim@title28/title28a/node229&edition=prelim.
-Ley Federal del Trabajo. (18 de mayo de 2022). Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf.
-Publishing, J. (2021). Trial Objections R26. James Publishing, Incorporated.
-Tesis (X Región)4o. 1 L (11a). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Undécima Época, 22 de ocbutre de 2021, Reg. Digital 2023710.
Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero