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Ley de Memoria Democrática de España

Publicado el 14 de marzo de 2023

Máchelin Díaz Tavárez
abogada en extranjería
emailconsulta@machelindiaz.com

http://www.machelindiaz.com/

La Ley de Memoria Democrática de España es una ley que tiene como objetivo reparar y reconocer a todas aquellas personas que fueron víctimas de la Guerra Civil Española y la dictadura franquista, así como promover la memoria histórica y fomentar la conciencia democrática en la sociedad española.

Uno de los aspectos más importantes de esta ley es el reconocimiento de la nacionalidad española a los descendientes de aquellos españoles que se vieron obligados a exiliarse debido a la Guerra Civil y la dictadura franquista. Esto significa que los descendientes de los españoles que huyeron del país por motivos políticos, sociales o económicos, pueden obtener la nacionalidad española sin necesidad de renunciar a su nacionalidad de origen.

¿Qué supuestos están contemplados en esta Ley para obtener la nacionalidad española?

La Ley de Memoria Democrática establece dos supuestos para solicitar la nacionalidad española. El primer supuesto es para aquellas personas que sean nietos de españoles y que no hayan perdido la nacionalidad española. En este caso, los nietos de los españoles pueden obtener la nacionalidad española por opción, es decir, mediante una declaración en la que manifiesten su voluntad de adquirir la nacionalidad española.

El segundo supuesto es para aquellos descendientes de españoles que hayan perdido la nacionalidad española, ya sea porque sus padres o abuelos la perdieron durante la Guerra Civil o la dictadura franquista, o porque ellos mismos la perdieron por haber adquirido otra nacionalidad. En este caso, los descendientes pueden obtener la nacionalidad española por la vía de la recuperación de la nacionalidad, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Memoria Democrática.

Entre los beneficios que ofrece la Ley de Memoria Democrática a los descendientes de españoles, se encuentra la posibilidad de obtener la nacionalidad española y, por lo tanto el poder acceder a los derechos y beneficios que conlleva ser ciudadano español. Además, esta ley también establece la obligación del Estado de promover la búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista, así como la conservación y el fomento del patrimonio histórico, cultural y documental relacionado con esta etapa de la historia de España.

¿Y el resto de supuestos aplicables?

Esta Ley fue ampliada gracias a la Instrucción de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, donde se terminaron de establecer los supuestos aplicables al derecho de opción a la nacionalidad española (y sus detalles y requisitos) previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.

En primer lugar, se establece que podrán optar por la nacionalidad española aquellos nietos de españoles que no hayan hecho uso anteriormente de este derecho y que cumplan con los requisitos establecidos en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática.

En segundo lugar, se aclara que los descendientes de españoles que hayan perdido la nacionalidad española por adquirir otra nacionalidad podrán optar por la nacionalidad española siempre y cuando acrediten que su progenitor o abuelo español no renunció expresamente a la nacionalidad española.

En tercer lugar, se establece que aquellos descendientes de españoles cuyo progenitor o abuelo español renunció expresamente a la nacionalidad española, podrán optar por la nacionalidad española si su renuncia fue realizada antes del 9 de diciembre de 1996.

Por último, se establece que los descendientes de españoles que hayan perdido la nacionalidad española por razones políticas o ideológicas, podrán optar por la nacionalidad española siempre y cuando acrediten dicha circunstancia y cumplan con los requisitos establecidos en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática.

Como abogada especialista en derecho civil y administrativo, considero que la nueva Ley de Memoria Democrática en España ofrece importantes ventajas para aquellos que desean acceder a la nacionalidad española, así como para los descendientes de españoles que buscan reparar y reconocer el sufrimiento de sus antepasados durante la Guerra Civil Española y la dictadura franquista.

¿Cuáles son los requisitos aplicables a cada supuesto?

Nietos de españoles: Para obtener la nacionalidad española como nieto de español, se deben cumplir los siguientes requisitos:

• El abuelo o abuela español/a no debe haber renunciado a su nacionalidad española.
• El solicitante debe ser mayor de edad y no tener nacionalidad española.
• El solicitante debe demostrar su relación de parentesco con el abuelo o abuela español/a mediante documentos oficiales (certificado de nacimiento, matrimonio, etcétera).
• El solicitante debe acreditar un grado suficiente de integración en la sociedad española, ya sea por haber residido en España durante un tiempo determinado, por tener vínculos familiares o culturales con el país, o por cualquier otro motivo que se considere relevante.

Descendientes de españoles que perdieron la nacionalidad por adquirir otra: Para obtener la nacionalidad española como descendiente de español que perdió la nacionalidad por adquirir otra, se deben cumplir los siguientes requisitos:

• El progenitor o abuelo español/a no debe haber renunciado expresamente a su nacionalidad española.
• El solicitante debe demostrar su relación de parentesco con el progenitor o abuelo español/a mediante documentos oficiales (certificado de nacimiento, matrimonio, etcétera).
• El solicitante debe acreditar que el progenitor o abuelo español/a perdió la nacionalidad española por adquirir otra nacionalidad.
• El solicitante debe acreditar un grado suficiente de integración en la sociedad española, ya sea por haber residido en España durante un tiempo determinado, por tener vínculos familiares o culturales con el país, o por cualquier otro motivo que se considere relevante.

Descendientes de españoles que renunciaron expresamente a la nacionalidad española antes del 9 de diciembre de 1996: Para obtener la nacionalidad española como descendiente de español que renunció expresamente a la nacionalidad española antes del 9 de diciembre de 1996, se deben cumplir los siguientes requisitos:

• El progenitor o abuelo español/a debe haber renunciado expresamente a su nacionalidad española antes del 9 de diciembre de 1996.
• El solicitante debe demostrar su relación de parentesco con el progenitor o abuelo español/a mediante documentos oficiales (certificado de nacimiento, matrimonio, etcétera).
• El solicitante debe acreditar un grado suficiente de integración en la sociedad española, ya sea por haber residido en España durante un tiempo determinado, por tener vínculos familiares o culturales con el país o por cualquier otro motivo que se considere relevante.

Descendientes de españoles que hayan perdido la nacionalidad por razones políticas o ideológicas: Para poder optar por la nacionalidad española, los descendientes de españoles que hayan perdido la nacionalidad española por razones políticas o ideológicas deben cumplir con los siguientes requisitos:

• Acreditar que su progenitor o abuelo perdió la nacionalidad española por estas causas.
• Ser mayor de edad o estar emancipado.
• Acreditar su filiación y el origen español de su progenitor o abuelo mediante la presentación de la documentación necesaria.

En conclusión, para optar por la nacionalidad española en virtud de la Ley de Memoria Democrática, es necesario cumplir con los requisitos específicos establecidos en la Instrucción de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, y presentar la documentación necesaria para acreditar el origen español de su progenitor o abuelo.

¿Es necesario mostrar el exilio para conseguir la nacionalidad española de acuerdo a la Ley de Memoria Democrática?

No necesariamente. La Ley 20/2021, de 19 de octubre, de Memoria Democrática establece el derecho de opción a la nacionalidad española para los descendientes de españoles que se vieron obligados a exiliarse durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos. Uno de los requisitos es la acreditación de la condición de descendiente de exiliados, lo que se puede hacer de diferentes formas, como por ejemplo mediante la presentación de un certificado de nacimiento o matrimonio expedido por un Consulado español en el país de residencia del solicitante, o mediante la presentación de documentos que acrediten la condición.

¿Cuáles son los principales beneficios de la Ley de Memoria Democrática?

En primer lugar, la Ley de Memoria Democrática establece un procedimiento claro y accesible para que los nietos de españoles puedan optar por la nacionalidad española, lo que les permitirá disfrutar de los mismos derechos y beneficios que los ciudadanos españoles, incluyendo la libertad de circulación y residencia en la Unión Europea.

En segundo lugar, la Ley de Memoria Democrática reconoce y promueve la memoria histórica y la conciencia democrática en la sociedad española, lo que contribuye a la reconciliación y al fortalecimiento de la democracia en el país.

En pocas palabras, la nueva Ley de Memoria Democrática representa un importante avance en la promoción de los derechos humanos y la justicia social en España, y ofrece beneficios significativos para aquellos que buscan recuperar su identidad, su vínculo con la cultura y la historia españolas. Como abogada, animo a todos aquellos que cumplen con los requisitos establecidos por la ley a que consideren seriamente solicitar su nacionalidad española por esta vía y a que aprovechen las oportunidades que ofrece este marco normativo para construir un futuro más justo y equitativo para todos.

Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especialista en derecho civil y administrativo para llevar a cabo el procedimiento de obtención de la nacionalidad española de manera eficaz y cumplir con todos los requisitos establecidos por la ley.


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