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La violencia de género en las instituciones educativas: implementación de
protocolos de prevención de violencia de género

Publicado el 17 de abril de 2023

Odette Mendoza Becerril
Profesora e investigadora en el Departamento de Derecho, Universidad Autónoma
Metropolitana Azcapotzalco
emailomebe@azc.uam.mx

Actualmente, a nivel global, se esta viviendo una ola de violencia en todos los ámbitos de sociales, educativos, políticos y económicos, los cuales van generando consecuencias en las áreas y ramas de los ámbitos mencionados, es por lo que hoy día la pérdida de valores en las sociedades refleja muchos problemas sociales, uno de ellos en la violencia de género.

La violencia de género es cualquier acto de violencia o agresión basado en una situación de desigualdad en el marco de un sistema de relaciones de dominación o asimetría de poder de los hombres hacía las mujeres que pueda tener como consecuencia un daño físico, moral, psicológico, emocional, económico y patrimonial. La violencia de género se manifiesta en diferentes ámbitos como el digital, el laboral, en la política e institucional, como en el sector educativo.

La violencia escolar afecta tanto a niños, niñas y adolescentes, ya que implica agresión física, psicológica, emocional y sexual, teniendo como punto de partida las relaciones desiguales de poder, lo que genera un impacto en la vida de los estudiantes de distintos niveles educativos.

Es importante distinguir que la violencia de género no es lo mismo que la violencia a las mujeres, ésta se entiende como aquellos actos dirigidos hacia las mujeres que tengan o puedan tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública o privada, conforme a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer (convención de Belem do para), según el artículo 2:

Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica:

a. que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual;

b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y

c. que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra.

En cuanto a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su capítulo II “De la Violencia Laboral y Docente”, se prevé que la dicha violencia se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad. Puede consistir en un solo evento dañino o en una serie de eventos cuya suma produce el daño. También incluye el acoso o el hostigamiento sexual. En especifico constituye la violencia docente según el artículo 12 de la ley en mención: “Aquellas conductas que dañen la autoestima de las alumnas con actos de discriminación por su sexo, edad, condición social, académica, limitaciones y/o características físicas, que les infligen maestras o maestros”.

Por lo que el hostigamiento sexual es el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva. El acoso sexual es una forma de violencia en la que si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

En las instituciones educativas en México se necesitan implementar lineamientos para atender la violencia de género por parte de la Secretaría de Educación Pública en los distintos niveles educativos así como en las universidades públicas la creación de protocolos de prevención de violencia de género para poder atender integral ente la violencia de género ya que se han suscitado los siguientes casos:

Caso 1. Acoso Sexual en secundaria del Estado de México 2020

Las alumnas de la Secundaria Técnica Industrial y Comercial No. 52 de Cuautitlán en el Estado México denunciaron que sus compañeros con su celular les tomaban fotografías por debajo de la falda sin su consentimiento, por lo que acudieron con el director y éste hizo caso omiso ante las denuncias de las estudiantes y señalo que las “alumnas eran provocadoras”, tras la viralización de dichas denuncias en redes sociales la Secretaria de Educación del Estado de México destituyó al director del plantel.

Caso 2. Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios (CBTis) 194, Ayala Morelos, 2023.

Los estudiantes del CBTis 194 de Ayala Morelos tomaron las instalaciones del plantel para exigir la destitución de profesores acusados de acoso sexual, los estudiantes acudieron a la capital del estado de Morelos a exigir justicia por los casos no resueltos y la apatía de las autoridades de resolver las denuncias de acoso sexual por parte de los docentes de dicho plantel, en dicha movilización se unió la escuela “Don Bosco” de Cuernavaca para denunciar que también tenían casos de acoso sexual que han quedado impunes por las autoridades escolares.

Caso 3. Prepa 6 UNAM, protesta por denuncias de abuso sexual, 2023.

Las alumnas de la prepa 6 de la UNAM Antonio Caso, organizadas bajo el colectivo feminista “Furias”, señalaron los múltiples casos de violencia dentro de las instalaciones y exigieron la apertura de carpetas de investigación en contra de diferentes miembros del plantel, entre los que se encuentran tanto alumnos como profesores de la preparatoria que realizan actos de acoso, agresión, intimidación y abuso sexual. Las alumnas que han presentado las denuncias no les han brindado el seguimiento efectivo para la resolución de los casos en concreto.

Caso 4. Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Cuajimalpa, 2023.

Los cinco planteles de la Universidad Autónoma Metropolitana (Azcapotzalco, Cuajimalpa, Iztapalapa, Lerma y Xochimilco) se encuentran en paro desde el día 10 de marzo de 2023 debido que una estudiante de la unidad Cuajimalpa denunciara que las autoridades universitarias determinaron no sancionar a su expareja, a quien acusó de violación en diciembre de 2022. En redes sociales las alumnas y colectivos feministas de dicha universidad señalaron el pasado 8 de marzo que la UAM Cuajimalpa resolvió no ver nada en contra de Naoki “N” a pesar de que, de acuerdo con la investigación interna, él mismo reconoció haber tenido relaciones sexuales con su exnovia sin su consentimiento. En un vídeo donde aparece Karla González, estudiante de derecho, leyendo la resolución de la UAM, la joven critica que no se tomen acciones por lo menos para que el joven no esté en su mismo salón de clase. Asimismo, señala que no acudió a denunciarlo ante el Ministerio Público debido a que pensó que la universidad tenía un proceso “amigable” y que era probable que lo expulsaran.

Por otro lado, independiente de este caso suscitado en Cuajimalpa todas las unidades se levantaron al movimiento abriendo la caja de pandora, a través de los colectivos feministas visibilizando la falta de acciones en cuanto a denuncias de acoso, agresiones sexuales y falta de acción por parte de las autoridades de las cinco unidades de la UAM.

Las autoridades de la Universidad Autónoma Metropolitana, desde el rector general Dr. José Antonio de los Reyes Heredia y cada uno de los rectores de las unidades, han intentado negociar con los colectivos feministas para reanudar actividades académicas, sin embargo, las autoridades en muchas de las denuncias presentadas no han dado claridad de respuesta.

Ante los casos presentados, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) exhortó a las instituciones educativas a adoptar el Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexuales.

La Organización Unión Mujer ha puesto de en manifiesto que en México tiene un rezago en la creación de protocolos de atención a la violencia sexual, acoso y hostigamiento en las universidades tanto públicas como privadas, pues 49% no cuenta con un documento protocolario en contra de la violencia de género.

Las universidades públicas y privadas deben de contar con el personal docente y administrativo con el conocimiento en derechos humanos, perspectiva de género, masculinidades y sexualidad así como la promoción de talleres, cursos y conferencias para el alumnado, docentes y personal administrativo para erradicar la violencia de género.

Es importante ejercer normativas y políticas operativas en materia de perspectiva de género y derechos humanos en los distintos niveles educativos para un cambio en la cultura de legalidad institucional dentro y fuera de las aulas de clase.

El cambio no puede ser de un día a otro, va a tomar tiempo ya que se necesita una educación y reducación al alumnado y personal educativo, el trabajo es de la comunidad y de la sociedad en general para poder erradicar la violencia desde cualquier esfera y ámbito educativo.


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Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero