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El nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares1

Publicado el 13 de junio de 2023

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Antonio Fernández Fernández
Profesor de la maestría en Derecho, UNAM
emailafernandezfdz@hotmail.com

“Las nuevas leyes son un reflejo de la evolución de una sociedad en constante cambio.”


Durante varios años se ha debatido la creación de una ley de carácter federal que regule conjuntamente la materia civil y familiar.

Es así como el pasado 7 de junio entró en vigor el nuevo código, el cual deroga los códigos de procedimientos civiles locales al ser de carácter nacional. En los artículos transitorios se establece un mecanismo para que cada congreso local lleve a cabo el proceso de derogación de sus leyes y se implemente el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF).

El CNPCyF establece las reglas y procedimientos judiciales a seguir en asuntos civiles, como propiedad, contratos, responsabilidad civil y obligaciones en general, así como en materia sucesoria y familiar, que incluye divorcios, patria potestad, adopción y pensión alimenticia. Además, se promueven medios alternativos de solución de controversias, como el arbitraje y la mediación, y se enfatiza la implementación de juicios orales en todas las materias, tanto en juicios ordinarios como ejecutivos.

El nuevo código también aborda cuestiones relacionadas con activos virtuales y tecnología de cadenas de bloques, conocida como “Blockchain”. Estos temas están cada vez más presentes como una forma segura de almacenar y verificar transacciones realizadas en Internet, lo cual constituye una novedad en nuestras leyes.

Otro aspecto novedoso del código es que establece la obligación de juzgar con perspectiva de género, dejando de ser una opción para los jueces. Esto beneficiará a un gran número de personas que han sido vulneradas y discriminadas en virtud de su género y situación de vulnerabilidad. Esperemos que este código contribuya a equilibrar los derechos de las personas más vulnerables.

El nuevo código establece la modalidad de los juicios orales, lo cual representa un reto, y como sucedió con los juicios orales en materia penal y mercantil ha resultado un cambio difícil y perfeccionar su funcionamiento lleva varios años realizarlo, esperemos que con las anteriores experiencias este nuevo cambio sea más rápido y eficiente.

Otra de las innovaciones en el CNPCyF es la creación de los procesos que se pueden llevar en línea, como sucede en materia mercantil, con lo cual se agilizan y se facilitan las cosas para que ya no tengas que trasladarte a los juzgados en forma presencial, y por medios remotos, una vez acreditados y autorizados los correos desde donde pueden recibir promociones, se puede actuar en el juicio.

La creación del nuevo CNPCyF es muy oportuna, y sus disposiciones me parecen acertadas, el problema se encuentra, como sucede con muchas otras leyes, en su aplicación, puesto que el hecho que cambie la ley, pero sigan los mismos jueces y tribunales aplicando la ley puede ser un problema, ya que la impartición de justicia pasa por un periodo de crisis de legalidad y credibilidad.

Para que las nuevas disposiciones funcionen plenamente, se requiere que los juzgadores sean capacitados, y se emprenda un programa de ética judicial, ya que la justicia sea ha pervertido en todos sus aspectos, todos seremos responsables de que ello suceda.


NOTAS:
1 Se reproduce con autorización del autor, publicado en La Razón de México, el 9 de junio de 2023: https://www.razon.com.mx/opinion/columnas/antonio-fernandez-fernandez/nuevo-codigo-nacional-procedimientos-civiles-familiares-531656


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