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Violencia obstétrica: casos1

Publicado el 23 de junio de 2023

Víctor Collí Ek
Investigador de la Universidad Autónoma de Campeche
emailvimcolli@uacam.mx

Colaboración de los estudiantes de la Licenciatura en derecho: Victoria
de la Torre Cocom, Alvar López Guerrero y Gabriela Vela Carrillo

Caso número 1. A pesar de haber tenido un desarrollo normal de su embarazo, sin complicaciones y sin emergencia cuando llegó al hospital, la situación se torno anormal.

Se le hizo un ingreso precoz, tactos vaginales numerosos e innecesarios, se le administró Oxitocina —para inducir el parto cuando no era necesario— sin su consentimiento e información, se le obligó a dar a luz con extracción instrumental, se le separó de su hija porque había presentado síntomas de infección —probablemente causadas por los diez tactos vaginales que se le practicaron—.

La decisión tomada fue que había sufrido violencia obstétrica debido a que se le aplicaron nociones estereotipadas y discriminatorias al afirmar que el médico es quien decide el tratamiento sin aportar explicación, o que era perfectamente comprensible que el padre no pudiera estar presente en el parto instrumental, igualmente, al afirmar que las lesiones psicológicas sufridas eran una mera percepción, o al mostrar empatía por el padre cuando dijo haberse visto privado de relaciones íntimas durante dos años.

Caso número 2. Después de un embarazo normal y después de un primer tacto vaginal no se esperaron 24 horas de observación ante la posiblidad de un parto normal —contra el protocolo mismo—, trataron de inducir el parto mediante la administración de Oxitocina, lo que no fue consentido por la madre, quien en repetidas ocasiones solicitó información sobre riesgos y alternativas, las que no le dieron. Tampoco se le dio de comer. Se le practicaron diversos tactos posteriores y se llegó a la conclusión, con la que estuvieron de acuerdo los doctores, de que debía practicársele una cesárea, lo que carecía de suporte probatorio, tampoco se le dio explicación, recibiendo del doctor exclusivamente un: “Yo voy a cuidar de ti”.

La cesárea fue practicada por estudiantes. A su esposo no se le dejó estar presente. Después del parto no se le permitió el contacto madre-hijo con el bebé ni la lactancia. En vista de que seguía con los brazos atados desde la cesárea, cuando le presentaron nuevamente al bebé fue de lejos. Al bebé se le otorgó lactancia artificial a pesar de haber solicitado expresamente que fuera natural. Todo lo anterior generó un trastorno de estrés postraumático posparto.

La decisión tomada fue que todas estas circunstancias constituyeron violencia obstétrica.

Caso número 3. Un embarazo de alto riesgo por la posibilidad de padecer preclampsia, problemas de salud relacionadas con su edad, el importante aumento de su peso y antecedentes de presión arterial alta. La mujer embarazada acudió al hospital con más de 40 semanas de gestación, aduciendo diversas molestias, fue internada y recibió un diagnóstico de feto muerto, a ello se le decidió la inducción del parto, evento que tardó más de tres horas, tiempo en el que estuvo sentada en una silla y para cuando fue trasladada al quirófano ya había fallecido.

La decisión tomada fue que antes de ser sometida a un proceso de estrés, ansiedad y angustia, debió de ser estabilizada y valorada, adecuadamente informada, lo que no sucedió y, en cambio, fue sometida a un riesgo que llevó a la muerte de la paciente. Esto se calificó de violencia obstétrica.

Este artículo debía llevar como subtítulo “que bueno que ahora se llama como debe ser”, ya que trata de los primeros tres casos judiciales (recientes todos) en el sistema internacional de los derechos humanos —los dos primeros del comité CEDAW de ONU y el tercero de la Corte Interamericana de Derechos Humanos— en que esta situación se denomina como es: violencia obstétrica.

Esta es, como dirían estos organismos internacionales, una forma de violencia de género grave que se da en los centros de salud (en un momento en el que la persona se encuentra en un estado de especial vulnerabilidad) generalizada y sistemática, resultado de un contexto de desigualdad estructural, discriminación y patriarcado, como consecuencia de una falta de educación, formación y falta de respeto, a la igual condición de las personas gestantes y sus derechos.

NOTA:

1 Estudio realizado dentro de las actividades del Cuerpo Académico “Derechos Humanos y Problemas Constitucionales”, UNACAM-CA-55, reconocido como Consolidado por la SEP.


Formación electrónica e incorporación a la plataforma OJS, revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero, BJV