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Los artículos académicos de opinión

Publicado el 27 de julio de 2023

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Jorge Alberto González Galván

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM,
email jagg@unam.mx


1)El dos de octubre de 2019 publiqué un trabajo sobre “Cómo se escribe un artículo de opinión” en esta misma revista (https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/hechos-y-derechos/article/view/13986/15235) con el fin de apoyar a los lectores interesados en participar con sus colaboraciones para la revista. Ahora este artículo es el producto de mi docencia con mis alumnos de investigación jurídica en la Universidad Iberoamericana de Puebla, su fin sigue siendo el mismo.

No es mi intención repetir lo que ya expuse, sino problematizar el tema, es decir, abordarlo con base en nuevas preguntas. Primero hay que recordar que el hecho de opinar (formalmente) no es lo mismo que investigar, esto nos viene de la Grecia antigua cuando se hizo la diferencia entre los que afirmaban algo sin evidencias (los opinólogos, el término es mío) y quienes lo hacían con pruebas (los filósofos). Los primeros producían —se decía— creencias e información; los segundos verdades y conocimientos. En términos de nuestro tiempo los primeros serían periodistas y los segundos científicos, cuyos trabajos publicados tienen, se afirma, fines diferentes: la divulgación (los primeros) y la investigación (los segundos).

Dicho lo anterior parecería una contradicción aquí nombrar a los artículos de opinión como “académicos”, problematicemos:

1. ¿Qué es un artículo académico de opinión?

Un artículo académico de opinión es la exposición del punto de vista que hace un profesionista sobre un tema de su interés.

2. ¿Quiénes pueden escribir un artículo académico de opinión?

Todas las personas que estudian o ejercen una profesión pueden hacerlo.

3. ¿Por qué se deben escribir artículos académicos de opinión?

Porque permite al profesionista dar a conocer (divulgar, difundir) su punto de vista sobre problemas, situaciones, conflictos, gustos, placeres o emociones del momento que está viviendo.

4. ¿Para qué se escriben artículos académicos de opinión?

Para que los lectores puedan tomar decisiones que le permitan solucionar algún problema o simplemente entenderlo. Los académicos no pretendemos mover a las masas para llenar las plazas públicas, sino mover las masas encefálicas de las personas para que tomen las mejores decisiones en su vida, sus trabajos y en la sociedad.

5. ¿En qué hechos me debo fijar para elegir un tema de artículo académico de opinión?

Me debo fijar en los hechos que me constan. Todo lo que veo, escucho y leo puede ser motivo o detonador de mi interés para escribir sobre ello. Pueden ser hechos cargados de preguntas, problemas, conflictos, pero también pueden ser hechos que me aportan soluciones, conocimientos, emociones o comprensión.

6. ¿En qué partes se estructura un artículo académico de opinión?

Las partes son: una “introducción” (en el primer párrafo), un “desarrollo” (en los párrafos centrales) y una “conclusión” (en el párrafo final).

7. ¿Qué características debe tener el párrafo introductorio?

Se caracteriza por presentar el contenido del tema de manera declarativa, por ejemplo: “En México se abandonan siete de cada diez mascotas que se adoptan o adquieren en el primer año”, o de manera interrogativa: “¿Por qué en México se abandonan siete de cada diez mascotas que se adoptan o adquieren en el primer año?”. Se trata, técnicamente hablando, de un párrafo descriptivo e informativo (es lo que los retóricos llaman el “exordio” o “proemio” de un discurso).

8. ¿Qué características deben tener los párrafos centrales del desarrollo del tema?

Se caracterizan por explicar con evidencias la declaración o pregunta que constan en la “introducción”. Las evidencias pueden ser empíricas (basadas en hechos que me constan porque lo vi o escuché) o documentales (basadas en hechos que me constan porque los leí). Se trata, técnicamente hablando, de párrafos argumentativos e interpretativos (es lo que los retóricos llaman la “inventio”, la “narratio” del discurso.)

9. ¿Qué características debe tener el párrafo final de la conclusión?

Se caracteriza por sintetizar mi postura en relación con la declaración o pregunta basada en las evidencias empíricas y documentales expuestas. No es un resumen de lo que ya se hizo, sino la exposición sucinta de un resultado dialéctico: tesis, antítesis y síntesis. Se trata, técnicamente hablando, de un párrafo resolutivo y crítico (es lo que los retóricos llaman la “peroratio” o el “epílogo” del discurso).

10. ¿Qué es un párrafo?

Es, en general, una unidad de sentido, es la exposición de una idea, en particular, que se organiza con oraciones o frases (principal y subordinadas) que se relacionan con las ideas de los párrafos siguientes —estructuradas de la misma manera. Las oraciones se organizan con un sustantivo (quien realiza la acción o hecho), un verbo (la acción o hecho) y un predicado (las circunstancias o características de la acción o hecho: dónde, cuándo, cómo…, los atributos, facultades, etcétera).

11. ¿Qué palabras debo emplear en la redacción de los párrafos?

Mis propias palabras son las que debo utilizar en cada párrafo. Esto parece obvio, pero lo destaco porque la página en blanco (digital o impresa) nos suele inhibir. Además, existe un hábito académico negativo que consiste en acumular palabras de los demás (citas textuales) con el fin, a veces, de sólo cumplir con la cantidad de páginas solicitadas (y no elegidas selectivamente). Te recomiendo, como práctica para utilizar únicamente nuestras propias palabras, llevar un diario personal (o diario de trabajo) y leer textos (novelas, poesía, filosofía, ciencia, etcétera) que no estén relacionados con nuestra profesión para así ampliar nuestro arsenal de palabras.

12. ¿Qué extensión pueden tener los párrafos?

No hay una regla ya que es cuestión de estilo, así como cada quien tiene su forma personal de caminar, vestir y hablar, todos tenemos también nuestra propia manera de expresar por escrito nuestras ideas con pocas o muchas palabras. Sólo debo tomar en cuenta, ahora como autor, las características del párrafo que estoy redactando (descriptivo, argumentativo o resolutivo) y expresarme siempre con claridad (que me entienda incluso alguien que no sea de mi profesión), precisión (se debe desarrollar sólo el tema anunciado), de forma convincente (que aporte elementos comprensivos suficientes), sugerente (que motive a mi lector nuevas ideas y búsquedas) y ameno (que de gusto la lectura).

Para un seguimiento completo y ágil de nuestras ideas por parte de nuestros lectores te recomiendo redactar tus párrafos con una extensión (promedio) de cinco hasta quince líneas, de esta forma podré exponer elementos explicativos suficientes y daré la oportunidad de comprender la idea contenida.

13. ¿Cuál es la diferencia entre los artículos académicos de opinión y los de investigación?

La diferencia está en el aparato crítico y la extensión. Respecto de los artículos de “opinión” no es necesario, formalmente, cuando se cita un documento (información hecha por los demás) decir dónde se encuentra en las notas de referencia (aunque hay autores que las agregan después de lo citado), tampoco es necesario poner al final la bibliografía consultada (aunque hay autores que conservan las referencias al final de su texto principal). En los artículos de “investigación”, por el contrario, es necesario, formalmente, explicitar siempre el aparato crítico, es decir, que cada cita debe llevar su nota a pie de página o al final del trabajo, así como la bibliografía.

En cuanto a la extensión, los artículos de opinión suelen tener un promedio de tres a quince cuartillas y los artículos de investigación de veinte a cuarenta. Las características de los artículos de investigación (con aparato crítico, notas, bibliografía y la extensión de veinte a cuarenta cuartillas) las comparten también los trabajos académicos llamados “monografías”, “tesinas” e “informes de trabajo profesional”.

14. ¿Cuáles son las semejanzas y diferencias entre un artículo de opinión y un trabajo académico de tesis?

Las semejanzas son que ambos trabajos son la exposición de un tema que se presenta en tres partes principales: introducción, desarrollo y conclusión. Las diferencias a destacar son el aparato crítico, la extensión y la finalidad. El artículo de opinión no tiene, formalmente, un aparato crítico explícito (citas, notas y bibliografía), su extensión es sólo de tres a quince cuartillas y su fin es formar parte de la evaluación para acreditar una materia o asignatura.

En cambio, en la tesis profesional, formalmente, es obligatorio explicitar su aparato crítico (citas, notas y bibliografía), su extensión promedio depende del grado a obtener (la licenciatura de cien cuartillas, la maestría ciento cincuenta y el doctorado doscientas).

15. ¿Cuál es la semejanza y diferencia entre los artículos de opinión y el trabajo académico llamado ensayo?

Los asemeja que ambos desarrollan la exposición de un tema y si tomamos en cuenta que existen dos tipos de ensayos, el “literario” y el “científico”, tendríamos que el ensayo literario, formalmente, es un artículo de opinión ya que tiene una introducción, un desarrollo y una conclusión; no tiene aparato crítico ni bibliografía y la extensión promedio es también de tres a quince cuartillas. El ensayo científico, por el contrario, tiene las características de un artículo de investigación, cuenta con aparato crítico, notas, bibliografía y la extensión promedio es de veinte a cuarenta cuartillas.

16. ¿Qué relación tiene el artículo de opinión con el trabajo académico de entrevista?

Si en un artículo de opinión mi materia prima son los hechos que me constan puedo también incorporar las respuestas que obtengo cuando aplico un cuestionario a las personas relacionadas con mi tema o bien porque las recuerdo de una conversación que tuve con alguien. La entrevista es una herramienta de investigación empírica que puedo utilizar en cualquier trabajo académico, incluso la puedo presentar también de manera independiente, es decir, puedo publicar una entrevista a una persona relacionada con un tema de mi interés. Por cierto, puedes ver en Youtube la entrevista que realicé a Miguel Carbonell sobre la forma en la que, precisamente, escribe sus colaboraciones (“Para redactar artículos de opinión”, disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=xe7rozLyELc).

17. ¿Qué relación tiene un artículo de opinión con el trabajo académico de reseña?

El trabajo académico de reseña es el resultado de un hecho que me consta porque lo leí en un libro, el cual presento como si fuera, formalmente, un artículo de opinión: mencionando en el primer párrafo de qué trata el libro, en los párrafos centrales qué propone o concluye el autor y en el párrafo final qué opino sobre lo que el autor propone o concluye. En cuanto a la extensión la reseña comparte también con el artículo de opinión el promedio de tres a quince cuartillas.

18. ¿Qué relación tiene un artículo de opinión con los trabajos académicos llamados “comentario legislativo” o “comentario jurisprudencial”?

El trabajo académico llamado comentario legislativo o comentario jurisprudencial es el resultado de un hecho que me consta porque lo leí en un texto aprobado por el Congreso (reforma constitucional, ley, reglamento, etcétera) o en un texto de tesis de los jueces (aisladas o definitivas), el cual presento como si fuera, formalmente, un artículo de opinión: mencionando en el primer párrafo de qué trata el texto, en los párrafos centrales qué establece, propone o concluye el legislador o juez y en el párrafo final qué opino sobre lo que el legislador o juez establece, propone o concluye. En cuanto a la extensión los comentarios comparten también con el artículo de opinión el promedio de tres a quince cuartillas.

19. ¿Qué relación tiene un artículo de opinión con el trabajo académico de “control de lectura” o “informe de lectura”?

El trabajo académico de control de lectura o informe de lectura es el resultado de un hecho que me consta porque lo leí en un artículo de investigación o sentencia judicial, el cual presento como si fuera, formalmente, un artículo de opinión: mencionando en el primer párrafo de qué trata el artículo de investigación o sentencia judicial, en los párrafos centrales expongo qué propone o concluye el autor o juez y en el párrafo final qué opino sobre lo que el autor o juez propone o concluye. En cuanto a la extensión de estos comentarios comparte también con el artículo de opinión el promedio de tres a quince cuartillas.

20. ¿Dónde puedo publicar mis trabajos académicos?

En la Revista Electrónica de Opinión Académica. Hechos y Derechos, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México: hechos@unam.mx.

Los que nos dedicamos profesionalmente a la investigación en las universidades, en general, tenemos evaluaciones periódicas de nuestro trabajo, donde se nos asigna un puntaje por el tipo de obra publicada. Esto lo menciono para aclarar que en los artículos académicos de opinión no se realiza un dictamen explícito para su publicación, razón por la cual su puntaje es menor respecto a los artículos de investigación publicados por tener, en general, un dictamen aprobatorio previo.

En el caso de la revista Hechos y Derechos realizamos un dictamen implícito porque se hace una evaluación del cumplimiento de los requisitos formales aquí expuestos y en cuanto al contenido que no se afecten derechos de terceros ni se haga uso de palabras ofensivas, además de una revisión gramatical y alta técnica en el Departamento de Publicaciones. No expedimos constancias a los autores por sus publicaciones porque éstas pueden copiarse en línea y ser presentadas como documentos probatorios.

Para los estudiantes que publican trabajos académicos tienen un valor curricular que enriquece su presentación profesional, favorece sus promociones laborales y fortalece la cultura del esfuerzo. Para los profesores enseñar y evaluar a sus alumnos con trabajos académicos completa y refuerza el conocimiento expuesto y discutido en el salón de clases, promoviendo así la cultura del pensamiento ético, crítico, solidario y organizado.


Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Karla Beatriz Templos Nuñez