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Semiología y pragmática jurídica. Algunas consideraciones hermenéuticas y holísticas

Publicado el 27 de julio de 2023

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Héctor Fernández
Posgrado en daño y delito ecológico, obras civiles, riesgos de trabajo y
seguridad e higiene en el trabajo, Universidad de Buenos Aires y abogado en
relaciones laborales por la Universidad Nacional de Lomas de Zamora
emaildochectorfer@yahoo.com.ar

https://orcid.org/0000-0002-2892-9845

I. PROPÓSITO, METODOLOGÍA, HERMENÉUTICA Y HOLISMO


Sobre esta realidad del sistema conceptual complejo nos ocuparemos brevemente como propósito de este trabajo de la lengua griega, los retóricos, la pedagogía y la comunicación humana; algunas consideraciones sobre la antropología filosófica, pragmática, psicología-psicoanálisis y la ciencia jurídica (justicia y la teoría egológica del derecho por Cossio), explorando las visiones concisas e interrelacionadas de la lingüística, semiología y ciencia de datos con algunas menciones rectoras de la administración de riesgos. Este desarrollo y criterio de verdad posee cierta completitud en el avance para la semiología jurídica como un verdadero ovillo de hilo de Ariadna en nuestro estructural y conectivo objetivo. Ello lo cursaremos tratando de exponer el grupo de ideas a través de una incipiente metodología holística exploratoria (v.gr. delimitación de los temas tratados), descriptiva (v.gr. descripción de los hechos conceptuales con posibilidad de aspectos subjetivos), explicativa (v.gr. aspectos gnoseológicos) y proyectiva (v.gr. referencia a diseños conceptuales) (Hurtado de Barreda J, 2000).

En este camino conducente hacia nuestro objetivo podemos expresar que se entiende a la hermenéutica como un proceso dinámico de reflexión en el sentido etimológico del término, es decir, una actividad interpretativa que permite la captación plena del sentido de los textos en los diferentes contextos por los que ha atravesado la humanidad. Interpretar una obra es revelar el mundo al que ella se refiere en relación de su disposición, de su género y de su peculiaridad.

La interpretación es el proceso por el cual, en el juego de la pregunta y la respuesta, los interlocutores determinan en común los valores contextuales que estructuran su conversación. Antes de toda tecnología que erigiera en disciplina autónoma a la exégesis y la filología, hay un proceso espontáneo de interpretación que corresponde al ejercicio más primitivo de la comprensión en una situación dada (Ricoeur, 2001).

En este mismo sentido, cabe denotar que el holismo es una doctrina filosófica contemporánea que posee una iniciación en la proposición del filósofo sudafricano Smuts (1926), pionero de este modelo en su libro Holismo y evolución. Etimológicamente el holismo considera “la práctica del todo” o “de la integralidad”, su raíz holos procede del griego y significa “todo”, “íntegro”, “entero” y “completo”, mientras que el sufijo ismo se emplea para designar una doctrina o práctica. De tal modo, la holística es definida como un fenómeno psicológico y social, enraizado en las diferentes disciplinas y ciencias humanas dirigida hacia la búsqueda de una cosmovisión estructurada en reglas comunes al género humano; también, según el citado autor, “factor fundamental operativo hacia la creación de totalidades en el universo. La tendencia en la naturaleza a formar enteros que son mayores que la suma de las partes a través de la evolución creativa”.

II. INTRODUCCIÓN Y DESARROLLO TEMÁTICO

1. La lengua griega, retórica, pedagogía y comunicación humana

Dicho esto, corresponde introducirnos expresando que el griego, que en general se estudia como estándar de lengua en la antigüedad, es el conteste al dialecto ático ya que literariamente llegó a aventajar a todos los distintos dialectos, fundamentalmente en los siglos V a.C., reconocido como el Siglo de Pericles. Cabe consignar que en este dialecto escribieron los grandes autores de la literatura griega (v.gr. los poetas trágicos: Esquilo, Sófocles y Eurípides, el poeta cómico Aristófanes, los historiadores Tucídides y Jenofonte, el filósofo Platón y los oradores Esquines, Lisias y Demóstenes, entre muchos otros).

Recordando que en la lengua griega de la antigüedad se hablaba no exclusivamente en la antigua Grecia peninsular, sino en las colonias, propiciando dar lugar a los distintos dialectos que conocemos. Así se hablaba (v.gr.) el eólico en la costa de Asia Menor (norte), en Beocia, Tesalia y en la isla de Lesbos; el dórico en el Peloponeso, Asia Menor (sur) y en las islas de Rodas y Creta; el jónico en las Islas Cicladas, como base de la lengua de Homero, Heródoto y Hesíodo; y el ático en Atenas.

En cuanto a los padres de la retórica (Quintiliano, Trata de los retóricos griegos y romanos, Institutio, Libro III, Capítulo I, 138-143) el primero que trató algo de retórica fue Empédocles de Agrigento. Los más antiguos escritores de sus preceptos fueron Córax y Tisias —sicilianos—, a quienes siguió Gorgias Leontino, también siciliano, quienes dicen fue discípulo de Empédocles. Éste por beneficio de la larga edad de ciento nueve años que vivió, floreció con otros muchos; fue émulo de los nombrados y vivió más que Sócrates. Paralelamente emergieron Trasimaco de Calcedonia, Pródico de Quios, Protágoras de Abdera, quien dice que enseñó a Evatlo por diez mil denarios el arte que dio a luz, Hipias de Élide y Alcidamante Eleata, llamado por Platón Palamedes.

Antifonte de Atenas fue el que comenzó a escribir oraciones retóricas, y escribió también un arte: de quien se dice que peroró muy bien en defensa de su persona. Se suman a éstos Polícrates, el que compuso una oración contra Sócrates; y Teodoro Bizantino, uno de aquellos a quienes Platón llama Logodaidalous. Los primeros que comenzaron a tratar de los lugares oratorios fueron Protágoras, Gorgias (maestro de Hipócrates e Isócrates), Pródico y Trasimaco. Cicerón en el Bruto dice que antes de Pericles no se compuso ninguna oración retórica y que en nombre suyo andaba algunas composiciones.

En el nacimiento de la retórica se establecía que el principio del decir obedece a la naturaleza, y el arte a la observación. Cicerón atribuye el principio de perorar a los iniciadores de las ciudades y a sus legisladores, lo que es exacto que tuviesen energía en el decir; sin embargo, no se conoce por qué causa es señalado este origen a la retórica, pues al presente hay naciones que ni tienen un lugar fijo ni leyes, y con todo eso los que nacieron de este modo no sólo tienen sus embajadores, sino inculpadores y abogados y, por último, disciernen quién aventaja a otro en explicar sus entendimientos e ideas (Quintiliano, Institutio, Libro III, Capítulo II, 143-145).

Asimismo Quintiliano (Institutio, Libro XII, Capítulo III, 309-313) nos ilustra en los preceptos que es necesaria al orador la ciencia del derecho civil, expresando:

También necesita el orador tener conocimiento del derecho civil, como también de la costumbre y de la religión de aquella república cuyo gobierno tomaré a su cargo. Porque ¿de qué manera podrá persuadir en las deliberaciones públicas y particulares, si no tiene noticia de tantas cosas en que principalmente se funda una ciudad? ¿Y de qué manera podrá decir con verdad que es abogado de las causas aquél que tenga que mendigar de otro lo que tiene mayor fuerza en ellas, no muy desemejante a aquellos que recitan las composiciones de los poetas? Porque en cierta manera vendrá a hacer lo que le manden, y dirá como en nombre de otro lo que él debe pedir, que el juez le crea a él, y debiendo ser patrono de los litigantes necesitaría él de que le patrocinen.

Sobre los aspectos pedagógicos —consideración fundante sobre la cuestión que nos ocupa en desarrollo— se hace necesario continuar y armonizar la idea fundamental de las instituciones oratorias, obra llamada también la educación de un orador ya que la retórica integra la educación, cuyo fin es el hombre, pues si lo educa para ciudadano, sobre todo, lo educa para que sea un hombre (Fernández A, 1987). Expresando el gran pedagogo calahorrano naturalmente conservamos lo que aprendimos en los primeros años, como las vasijas nuevas el primer olor del licor que recibieron (Quintiliano, Instituciones, I, Cap. I, 2); asimismo, en la perpetua relación entre el maestro y el discípulo —dice— “así como en vano se siembra la semilla si no se la recibe dentro de una tierra blanda y esponjada, así la elocuencia no puede llegar a colmo si no van a una la doctrina del maestro y la docilidad del discípulo” (Quintiliano, Instituciones, II, Cap. X). En esta instancia de reflexión debemos expresar que

Es preciso que la narración sea de carácter. Esto se logrará si sabemos qué es lo que muestra carácter. Un modo es manifestar el propósito, pues el carácter es tal como es lo que se prefiere y el propósito es tal cual su fin. Por eso no tienen los razonamientos matemáticos carácter, porque no contienen propósito, ya que no obedecen a una finalidad (Aristóteles, Retórica, 1417a).

“Carácter es aquello que manifiesta la decisión, es decir, qué cosas en las situaciones en que no está claro, uno prefiere o evita; por eso no tienen carácter los razonamientos en que no hay absolutamente nada que prefiera o evite el que habla” (Aristóteles, Poética, 1450b, 9 y ss). Ahora bien, es preciso mencionar la categoría gramatical fuerza ilocutiva, como aquella función expresiva en una oración; a través de procedimientos sintácticos, léxicos y prosódicos indicándose toda emoción y/o urgencia sentida del hablante al oyente.

Ahora bien, desplazándonos en el lugar y el tiempo, definimos a la pedagogía como conjunto de conocimientos sistemáticos relativos al fenómeno educativo, siendo el fenómeno educativo, por su naturaleza, un fenómeno constante (llevado a cabo entre una generación adulta que convive con una generación joven), universal (porque florece en todas las comunidades humanas) e irreductible (no se identifica ni confunde con ningún fenómeno de la vida humana: económico, social o político, sino que se destaca y es generador de ellos). Es en este entender que la pedagogía posee tres posiciones fundamentales: el prisma filosófico (determina el ideal y los valores éticos), el científico (operando con posibilidades de éxito) y el técnico (organiza programas de acción administrativa), incorporándose la “pedagogía prospectiva”, que tiende a todo estudio multidisciplinario con los filósofos, sociólogos y antropólogos culturales en vista —sobre esta temática— de toda exploración de posibilidades futuras basadas en indicios presentes. En este orden de ideas toda enseñanza se materializa a través del ciclo docente definido como un conjunto de actividades ejercidas, sucesiva o cíclicamente, por el profesor para dirigir, orientar y llevar a cabo felizmente el proceso del aprendizaje de sus alumnos, siendo el método pedagógico en acción (planeamiento, orientación y verificación-control) (Fernández H. & Fernández S.M., 2023).

En esta realidad pragmática es esencial implicar de orden fundante y estructural la idea de la comunicación, ello nos lleva a su adecuada definición como una “interacción social mediante mensajes”. Los mensajes son hechos formalmente codificados, simbólicos o representativos de algún elemento significativo compartido dentro de una cultura, que se producen con el fin de evocar significación (Gerbner, 1958). Un enfoque basado en la comunicación —o una teoría de esta— puede distinguirse de otros por el hecho de que hace de la naturaleza y rol de los mensajes en la vida y la sociedad su interés organizador central (Dance F., 1973). Entendiendo a la psicolingüística “el estudio de los procesos psicológicos que contribuyen a la adquisición, producción y comprensión del lenguaje” (Fodor J. et al., p. 220). Asimismo, recordemos que ante “los niveles de los determinantes de la comunicación humana en la organización” nos encontramos con cuatro niveles de análisis, que establecen (yuxtaposición) tres niveles derivados, ellos son: a) nivel organizacional: nivel tecnológico y sociológico; b) nivel interpersonal: nivel sociológico y el psicológico, y c) nivel intrapersonal: nivel psicológico y fisiológico (Thayer L., p. 127).

En este caminar conceptual otro aspecto relevante en la materialización pedagógica, como uno de los más antiguos temas de investigación en la psicología experimental, es la dinámica de la percepción. Este estudio se inició mucho antes de que naciese la psicología como ciencia desde la antigua e ingenua teoría de Platón (afirmaba esta teoría que percibimos los objetos mediante partículas que emanan de los ojos y que van a topar con los objetos), así, ciertamente, se han efectuado notables progresos. Podemos decir que la percepción es “el proceso mediante el cual obtenemos información del mundo en el que vivimos”. Pero si queremos indicar las características del acto perceptivo diremos que es primitivo e inmediato (en el sentido de que no es intelectual ni reflejo), objetivo (en el sentido de corresponder a condiciones exteriores respecto al percipiente), global y unitario (en el sentido de no ser una mera excitación puntual) (Ancona, 1980).

La percepción es una conducta psicológica compleja, mediante la cual el individuo organiza sus sensaciones y toma conocimiento de lo real. La percepción está hecha de lo que es directamente dado por los órganos de los sentidos, pero también de la proyección inmediata en el objeto de cualidades conocidas por inferencia... La percepción es una relación del sujeto al objeto: éste tiene sus características propias, pero yo lo percibo con mi subjetividad. Más que un simple fenómeno sensorial es una conducta psicológica compleja (importancia de la memoria y de los aprendizajes) que corresponde a un cuadro de referencia particular, elaborado a base de nuestra experiencia personal y social (Sillamay,1976: 238 y 239).

2. Antropología filosófica, razonamiento ético, pragmática, psicología-psicoanálisis y la ciencia jurídica

Ahora bien, en continuidad y avance de nuestro abordaje debemos mencionar lo que nos dice la antropología filosófica (Max Scheler F., 1981) en la medida de abarcar una visión egregia en la realidad de la constitución inmanente y esencial del ser humano, su relación con el cimiento y fundamento de todas las cosas y la naturaleza (v.gr. animal, vegetal e inorgánico); también, su origen metafísico, psíquico y espiritual en el mundo; de las energías y poderes que mueven al hombre; de las orientaciones y leyes fundantes de su desarrollo biológico, psíquico, social e histórico-espiritual realzando sus posibilidades intrínsecas y sus realidades. Cabe señalar que en esta ciencia se encuentran incluidas la problemática psicofísica del cuerpo, el alma y toda complejidad noética-vital.

Además de lo preceptuado up supra en el entendimiento de la ética de la virtud (Cabrera, 2017) se consigna que dicha teoría la proporcionó Aristóteles, formando ésta un saber crítico en toda apropiación de su desarrollo, de forma considerativa, de opinión positiva y/o negativa, consolidando de tal modo una iniciación de la estructura elemental de la ética clásica de la virtud. Por ello, en el Libro II, Capítulo I del libro la Ética a Nicómaco, Aristóteles diferencia dos formas de virtud (areté): el pensamiento y la moral (Fernández H, 2022).

Por ello es que en la visión de la filosofía de Apel se podría definir como una pragmática trascendental del lenguaje (Apel K., 1985), tal denominación está referida al carácter de “intermediación" (vermittlung) entre la filosofía trascendental kantiana y ciertos logros de la filosofía analítica con que Apel pretende caracterizar su propósito de producir la “transformación semiótica de la filosofía trascendental”, como él mismo lo señala. En este sentido su planteamiento se inscribe en vecindad con el denominado giro lingüístico de la filosofía contemporánea, o sea, se incorpora en el registro del desplazamiento del “paradigma de la conciencia” en favor del “paradigma del lenguaje”.

Dicha transformación obedece al hecho que, por una parte, se mantiene el criterio metodológico de la reflexión acerca de las «condiciones de posibilidad» (como afirmaba Kant), pero, en otro orden de cosas, se las ubica en el plano del lenguaje y, singularmente, en la dimensión pragmática de éste, es decir, en el nivel de las relaciones entre los signos lingüísticos, los beneficiarios y exégetas de los mismos.

Apel opina que tanto el problema del conocimiento como en el problema moral lo verdaderamente fundante es alcanzar la posibilidad de establecer una fundamentación racional, pues ello conlleva a garantizar una validez de carácter intersubjetivo, ya sea para los conocimientos o para las normas; por ende, Apel busca aventajar la solución característica de la filosofía trascendental que se sentó del mero recurso a las “evidencias de conciencia” para confirmar la validez, evidencias que, aunque insustituibles, son sin embargo insuficientes.

Se debe partir del hecho —supone Apel— que todo aspecto cognoscitivo que tienda asegurar objetividad —es decir, validez intersubjetiva— tiene que estar formulado lingüísticamente y tiene que poder ser, también, resguardar por medio de argumentos que sean formulados lingüísticamente. La idea dominante de tal proposición tiene que ver con el modo de que para que una validez objetiva —entendiendo la objetividad como intersubjetividad— pueda estar asegurada es necesario superar el “solipsismo metódico”, característico de la filosofía que se extiende desde Descartes a Husserl. De tal manera, al superar este recurso metodológico propio del trascendentalismo clásico se vence, asimismo, la concepción monológica de la razón, y se la reemplaza por una concepción dialógica de la misma.

Por tanto, queda —de hecho— determinado un principio formal procedimental por el cual debe garantizarse la igualdad de derechos de todos los participantes del discurso en cuanto representantes de distintos intereses, como así también su igual responsabilidad en el planteamiento y la resolución de todos los aspectos problemáticos que se tienen que discutir. Igualmente, si las complejidades éticas socialmente relevantes tienen -de orden omnímodo- alguna solución, las resoluciones concretas atinentes a las diversas situaciones tienen que objetivarse de acuerdo a la ética discursiva a través de discursos prácticos de sujetos idénticos y corresponsables y no por medio de alguna suerte de deducción monológica a partir de los preceptos finales.

Cabe expresar que las normas se conexionan con el lenguaje por intermedio de cuatro formas esenciales, de acuerdo a Ferrer y Rodríguez (2011), a saber:

a) sintáctica que propone el reconocimiento de las normas en vistas de enunciados lingüísticos que constituyan operadores de lógica de la acción;
b) semántica, que de acuerdo a este aspecto se conceptualiza a las normas como el significado de las formulaciones normativas que se mencionan de modo proposicional, o lo que es igual, “determinan la validez tanto de las normas prescriptivas como de las descriptivas” (Alarcón, 2009, p. 42);
c) mixta, que bajo este atributo se vislumbran la formulación sintáctica y la formulación semántica en una sola, y menciona el análisis de la formulación lingüística de las normas jurídicas sin tener en cuenta ni la proposición ni la formulación ni el enunciado normativo, sólo la relación norma-interpretación de la misma, y d) pragmática, que, de acuerdo a Kalinowski, es la relación pragmática que trae consigo la determinación de las propiedades del derecho y quienes las formulan en momentos determinados. La investigación de las relaciones lingüísticas del derecho y su materialización en el caso concreto es objeto de la pragmática, se ocupa de aclarar cuál es la preferible interpretación, la más conveniente solución o la mejor argumentación a una determinada circunstancia fáctica objeto de estudio jurídico (León Molina, 2018).

Tenemos que tener presente que en Kalinowski hay personas tras las expresiones del derecho (v.gr.), las normas son formuladas por el legislador, adjudicadas por el juez e interpretadas por los operadores. Permanentemente tiene “una relación entre quien expresa el derecho y quien reflexiona acerca del fenómeno jurídico” (1973, p. 53).

Ahora bien, en el avance conceptual y de orden conectivo a lo tratado, desde una visión psicoanalítica y en lo referente a la lingüística, la lengua es un tramado de signos que advierten un sistema convencional en una comunidad, por tanto, cada comunidad tiene su lengua; lo que nos dice Lacan es que, no obstante ello, hay otra lengua, la lengua del otro que interviene en el sujeto, haciéndola única para cada ser hablante. La lengua, como se exhibe, queda fijada entre el lenguaje y el inconsciente, emerge este último del pensamiento psicoanalítico (v.gr. habida cuenta que no hay inconsciente sin el psicoanálisis). La lengua, entonces, se puede definir como aquello que, de lo simbólico del lenguaje, es fundante del sujeto, como la forma en que el lenguaje se adhiere en un cuerpo y se realiza como cuerpo. La lengua nos afecta de entrada por todo lo que ella conlleva como efectos que son afectos. Estos afectos son los que emergen de la existencia de la lengua de tal modo que, por saber, ella estructura cosas que van mucho más allá de eso que el ser hablante sostiene de saber enunciado; así las cosas, el inconsciente es un conocimiento, un saber realizar con la lengua (Braunstein, 1982:220).

En este sendero cognoscitivo es pertinente conceptualizar al ser humano —como fundamento central de su individualidad, proprium y su lengua (habla)—, así como que “la personalidad es la organización mental total de un ser humano en una cualquiera de los estadios de desarrollo. Comprende todos los aspectos del carácter humano: intelecto, temperamento, habilidad, moralidad y todas las actitudes que han sido elaboradas en el curso de la vida del individuo” (Allport G., 1980, p. 45). En este orden de definiciones, el filósofo Bertocci (1946) expresa que “[l]a personalidad de un self es la organización dinámica de un self (sí mismo) de sus propias y únicas necesidades y capacidades psicofísicas, de la que resulta la unicidad de las adaptaciones al medio”.

Otro aspecto relevante en la materialización propedéutica y pedagógica es la dinámica de la percepción, como uno de los más antiguos temas de investigación en la psicología experimental. Este estudio se inició mucho antes de que naciese la psicología como ciencia desde la antigua e ingenua teoría de Platón (afirmaba esta teoría que percibimos los objetos mediante partículas que emanan de los ojos y van a topar con los objetos), ciertamente se han efectuado notables progresos. Podemos decir que la percepción es “el proceso mediante el cual obtenemos información del mundo en el que vivimos” (Fergus). Pero si queremos indicar las características del acto perceptivo diremos que es primitivo e inmediato (en el sentido de que no es intelectual ni reflejo), objetivo (en el sentido de corresponder a condiciones exteriores respecto al percipiente), global y unitario (en el sentido de no ser una mera excitación puntual) (Canestrari, 1958).

En consecuencia, es por la lengua donde el sujeto se constituye como hablante, como par l’être, tachado por el significante, representado el sujeto por Lacan con un resultado —emergente del proceso de castración— ya que “la lengua, es el escenario donde confluyen el deseo y la ley para configurar un sujeto hablante” (Braunstein, 1982:216). Cuando Vygotsky delinea el problema del habla interna en relación con un estudio sobre la generalización y contextualización del significado de las palabras (Vigotsky L., 2016) diferenciaba entre significado de la palabra (znachenie), que señala un concepto generalizado, y sentido de la palabra (smysl), que está en función del contexto del habla. El objeto de una palabra es la incorporación de todos los eventos psicológicos emergentes en la conciencia de una persona por esa palabra. Es dinámico, un todo fluido que tiene diferentes áreas de estabilidad desigual. Sólo es significativa una de las zonas del sentido, el sector más estable y preciso. Una palabra toma su sentido desde el ámbito en que aparece y en heterogéneos contextos cambia su sentido.

Según Vygotsky, el predominio del sentido sobre el significado, de la sentencia sobre la palabra y del contexto sobre la sentencia son las reglas del habla interna. De tal forma que el significado equivale al discurso socializado, el sentido representa un área de contacto entre el pensamiento propio individual (y entonces incomunicable) y el pensamiento verbal comprensible a los demás. El habla interna no es una vertiente interna de la conversación, es una función en sí misma.

Ahora bien, incursionando con una relación de conexidad en lo atinente a la socio-semiótica y semiótica jurídica, Coaguila expresa:

El español Calvo al igual que su compatriota Robles ha acentuado sus investigaciones en los aportes de la socio-semiótica y la semiótica jurídica, sin embargo, Calvo apuesta en mayor medida por la aplicación del discurso narrativo al derecho, cree que la narración es un argumento ético y moral. Esta técnica denominada narralysis intenta una alianza entre la semiótica y la deconstrucción, y defiende de plano la razonabilidad —prevé también la exigencia de adecuación de valores que la Constitución incorpora— del relato como criterio aplicable a los precedentes judiciales, así como las historias son verosímiles (Coaguila J, 1996).

La misma imposición de una fuerza normativa sobre un estado de cosas es el acto de creación narrativa... Las narraciones son modelos a través de los cuales estudiamos y experimentamos las transformaciones que ocurren cuando se hace pasar un cierto estado de cosas a través del campo de fuerza de un conjunto de normas (Cover, R, 2002: 76).

Ahora nos toca detenernos sobre la concepción de la justicia, nos parece oportuno en el aquí y ahora citar un filósofo francés de la talla de Jacques Derrida consignando algunas ideas sobre la justicia (tercera aporía: la urgencia que obstruye el horizonte del saber) reconociendo que la justicia, por muy impresentable que se observe, no espera. Una decisión justa se requiere siempre que lo sea inmediatamente right away. Uno no puede procurarse la información infinita y el saber sin límite acerca de las posibilidades, las reglas o los imperativos hipotéticos que podrían justificarla. También, si se dispusiera de todo esto, hasta si se tomara todo el tiempo y los saberes necesarios al respecto, el momento de la decisión, en cuanto tal, es siempre un momento finito, de urgencia y precipitación, desde el momento que no es la consecuencia o el efecto de aquel saber teórico o histórico, de aquella reflexión o deliberación, desde el momento en que marca siempre la interrupción de la deliberación jurídico-ético o político-cognitiva que la precede, que debe precederla.

La justicia, como experiencia de la alteridad absoluta, es irrepresentable, pero es la oportunidad del acontecimiento y la condición de la historia. Una historia sin duda irreconocible para aquellos que creen saber a lo que se refieren con esta palabra, ya se trate de historia social, ideológica, política, jurídica, etc. Este exceso de la justicia sobre el derecho y sobre el cálculo, de lo impresentable sobre lo determinable, no puede y no debe servir de excusa para ausentarse de las luchas jurídico-políticas en el interior de una institución o de un estado, o entre una institución o estado y otros. Si se abandona a ella misma, la idea incalculable y dadora de justicia está siempre más cerca del mal, de lo peor, ya que siempre puede ser reapropiada por el cálculo más perverso (Derrida J, 1992).

Ahora bien, desde la visión internacionalista de la ontología jurídica—teoría egológica (Machado Neto, 1974)— debemos observar la conducta técnica, ética y jurídica. Entonces, desde el ángulo normativo la conducta se nos revela bajo dos criterios: ética y técnica. Así planteado conceptual y preceptivamente, toda y cualquier conducta puede ser sometida indistintamente a una consideración ética —moral y derecho— y a una interpretación técnica toda vez que, al proponernos ciertos fines, propiciamos encontrar los medios adecuados para su realización, estamos analizando nuestro comportamiento a una evaluación técnica. Si por el contrario la consideración de la conducta avanza en sentido temporal —desde los medios hacia los fines— nos encontramos frente a una consideración ética, ya explicitada de orden moral o jurídica.

En este orden de ideas la ética puede ser conceptuada como la realización de lo querido en cuanto querido, por oposición a la técnica que es la realización de lo querido en cuanto realización. Si observamos el hecho que la conducta puede relacionarse o interferir con otras conductas mías, o con las de otros sujetos humanos, se habrá desdoblado las dos posibilidades de interferencias de conducta, meramente subjetiva la primera (correlación entre el hacer y el omitir del mismo sujeto) e intersubjetiva la segunda (correlación entre el hacer de uno y el impedir o no impedir del otro o los otros sujetos humanos). De tal apreciación, el primero es el ángulo de la moral (conducta de interferencia subjetiva) y el segundo es el singular ángulo del derecho (conducta en interferencia intersubjetiva). “El derecho siempre es vida humana, ni más ni menos; pero no toda la vida humana es derecho. Cuando nos referimos al derecho como conducta no se trata de una conducta cualquiera, sino de la conducta humana en su interferencia intersubjetiva o conducta compartida (Cossío C., 1963).” En cuanto a la apreciación del razonamiento ético (v.gr. perspectiva del observador y del agente), Hampshire hace hincapié sobre la función del juicio práctico desde el punto de vista del agente más que sobre el elogio o la censura desde el punto de vista del crítico. Asimismo, R. M. Hare en su libro The Language of Morals, elaboró un modelo analítico sobre directrices imperativas, basándose en la opinión de que la única manera de poder ver que los juicios morales guían la acción, para lo cual están evidentemente destinados, es reconocer que su función es la de recomendar (Edel, 1963).

Es importante resaltar ahora que el derecho busca en el signo lingüístico la univocidad de su eficacia. Al actuar con palabras, y con la creación de un lenguaje específico, ha intentadoevitar la confusión y la falta de precisión propias del lenguaje común o natural (saber vulgar no crítico). De tal modo que el Derecho nos sitúa de cara a una ley de lo uno o de lo otro y ante la vigencia jurisprudencial por medio la tarea del juez como una aplicación jurídica de resultado concreto (Guerrero, 2007:84). Pero un plexo preceptivo no es una concatenación estática de principios y normas. Los inconvenientes lingüísticos que trae el derecho, permanentemente explicitado, a través de palabras se incrementan vertiginosamente de manera proporcional a la judicialización de la problemática y conflicto posmoderno.

Con relación al “derecho a la seguridad jurídica” Juan XXIII (1943) expresaba:

A la persona humana corresponde también la defensa legítima de sus propios derechos; defensa eficaz, igual para todos y regida por las normas objetivas de la justicia, como advierte nuestro predecesor, de feliz memoria, Pío XII con estas palabras: «Del ordenamiento jurídico querido por Dios deriva el inalienable derecho del hombre a la seguridad jurídica y, con ello, a una esfera concreta de derecho, protegida contra todo ataque arbitrario».

3. Lingüística, semiología, ciencia de datos y administración de riesgos

Es inevitable, ahora, llegando al avance de los sistemas conceptuales expuestos en establecer algunas ideas sobre la lingüística y la semiología, a los efectos de ir avanzando en un desarrollo y culminación de los objetivos y propósitos fijados. En este orden de ideas y en relación a las cuestiones epistemológicas sobre las lenguas, los objetos y los sentidos, Saussure (1976) afirmaba que las distintas lenguas no harían más que reiterar en variadas formas esa igual operación de acuerdo a la cual un grupo de ideas ya existentes a las palabras y con su alusivo invariable.

Así, del pensamiento se desprenden dos aspectos complejos: a) el lenguaje sólo sería en definitiva una nomenclatura de objetos, lo que es dificultoso en más de un aspecto entre otras circunstancias reflexivas porque no siendo la norma que un signo lingüístico corresponda a un objeto definido por los sentidos no podría convertirse este caso en el tipo mismo del lenguaje, y b) establecido el objeto por su nombre, uno y otro constituirían un todo que se observaría en el tiempo sin que hubiera que anticipar desviaciones, lo que es una oposición a la realidad histórica, pues esta observa cambios no sólo del nombre, sino —asimismo— de las ideas, así que, caminando un poco más con Saussure —estableciendo un sumario conceptual y estructurando una ruptura epistemológica con la lingüística— sobre la lengua y el lenguaje afirma que la lengua es desglosada completamente del lenguaje, no obstante a ser una parte fundamental de éste, como “un producto social de la facultad del lenguaje”, destacando un aspecto teóricamente trascendental es su definición “una totalidad en sí y un principio de clasificación”. Lo inmanente al hombre no es exclusivamente el lenguaje hablado, sino “la facultad de constituir una lengua, es decir un sistema de signos distintos que corresponden a ideas distintas”.

En la realidad de la lingüística hermenéutica (Planella J., 1990) podemos consignar que considerar la hermenéutica desde la lingüisticidad es comenzar desde la visión del hombre como animal hermenéutico, simbólico y lingüístico (y no exclusivamente racional) que vive en un ámbito donde él inicia y construye. El acercamiento entre hermenéutica y lingüisticidad hay que indagarla en los cimientos de la exégesis bíblica, (intrínsecamente relacionada a la filología). El animal lingüístico del cual nos habla Garagalza es el que se vale del lenguaje para articular de modo comunicativo su experiencia dado que a través del lenguaje el sujeto demuestra su tradición. Pero si la cuestión del lenguaje es un tema estructural en la hermenéutica debemos considerar una evaluación hecha por Gadamer en su escrito “Hombre y Lenguaje” donde denuncia la falsa interpretación del lenguaje debido a una traducción de la palabra logos por razón en lugar de hacerlo como lenguaje.

La lingüisticidad, entonces, es una de las locuciones más arraigadas del hombre y una vía con el fin de poder expresar su identidad y su diversidad: “la lingüisticidad es algo que impregna el modo de estar en el mundo del hombre histórico” (Palmer, 2002:257). Ésta incorpora la base común entre aquél que interpreta y el texto que debe ser interpretado, como si se versara de un organismo entre sujeto y objeto propiciando un mundo intermedio en la significación que el mismo Gadamer anunciaba que el lenguaje no fundamenta, sino que abre camino.

En este orden de ideas y estructuras conceptuales, el maestro danés del círculo de Copenhague, Louis Hjelmslev redistribuyó la concepción saussureana de la lengua-habla. Es así entonces que sobre la lengua Hjelmslev distingue tres planos: 1) el esquema, que es la lengua en forma pura; 2) la norma, que es la lengua en forma material, definida por cierta realización social, y 3) el uso, que es la lengua como conjunto de costumbres de una determinada sociedad (Barthes R., 1971). Con relación a “el sistema”, que es el segundo eje del lenguaje, Saussure lo observó de acuerdo a una serie de campos asociativos, de tal manera que unos son determinados por una afinidad de sonido y otros por una afinidad de sentido. En este aspecto podemos expresar que todo contacto lingüístico entre los seres humanos estima conjeturablemente la existencia de un sistema constituido por un cierto número de elementos que son diferenciados los unos de los otros por caracteres precisos. De tal modo que la diferencias entre las unidades son función imprescindible para que el sistema pueda funcionar como medio de comunicación (Malmberg B., 1976).

Ahora bien, en cuanto a la lingüística computacional (LC) (Fernández D., 2023) cabe destacar que su estructuración ha posibilitado crear herramientas sumamente útiles para el tratamiento informático de una cantidad muy importante de datos (Pérez Hernández y Moreno Ortiz, 2010). Las aplicaciones que se encuentran a nuestras posibilidades son aptas de hacer modelos relacionales que ofrecen réplicas a las distintas de los investigadores. De tal modo que la lingüística y las bases de datos (BD) tributan al análisis y la comparación de diferentes fenómenos que sólo pueden observarse por intermedio del manejo de los referidos programas. En cuanto a la fraseología bilingüe, las funciones que desarrollan estas plataformas pueden significar de una especial relevancia si se objetiva la finalidad de conocer en profundidad las semejanzas y problemáticas que observan las unidades de dos sistemas lingüísticos. Los estudios comparativos se fundan en la recopilación de expresiones y su inclusión en las BD con el fin de observar guías estándares y diferentes entre varios idiomas (García Rodríguez, 2020). Asimismo, se puede expresar que varias de las aplicaciones más usadas para la clasificación, examen y observación de los datos (v.gr. Access y Excel) abarcan ciertas limitaciones cuando se trabaja con varios parámetros de comparación.

Es así que, según las interpretaciones de Ogden y Richards, un objeto o cosa C del mundo exterior —al que llaman el referente— motiva un pensamiento o referencia B en la mente del hablante, y este pensamiento obtiene a su vez un signo o símbolo A. La relación entre A y C no es directa (por eso queda señalada en la figura original por medio de una línea discontinua-entrecortada), lo que no ocurre entre A y B, y B y C, porque se consideran dos relaciones más esenciales y causales puesto que la palabra representa un concepto que, a su vez, alude a la cosa (Lyons J., 1989). Es pertinente resaltar que el triángulo de Ogden y Richards —como modelo conducente— es de orden flexible, habida cuenta que puede transformarse a veces en un segmento cada vez que pierde alguno de sus tres elementos (v.gr.), el significado en ocasión da posibles nombres propios o pronombres, no poseyendo un significado fijo, o puede configurarse como un rombo y/u otros polígonos, a través de figuras conceptuales como la sinonimia (cuando se agrega un significante más al menos a un solo significado y referente), polisemia (agregándose más significados y referentes a un solo significante) y la homonimia (un solo significante posee al menos dos significados y dos referentes o más) entre otras alternativas posibles.

También, tenemos los tres mundos de Popper (1985: 147-154) como un recurso del pluralismo filosófico sobre el dualismo mente-cuerpo, lo cual, siguiendo un poco más, se puede interpretar como una superación del dualismo sujeto-objeto. La formulación de la hipótesis de Popper a la luz del esquema triangular se estructura con los vértices: mundo 1 (el mundo de los objetos, las cosas, los estados físicos); mundo 2 (el yo de los contenidos de la conciencia e inconciencia, el mundo de las experiencias subjetivas), y el mundo 3 (conocimiento objetivo y las construcciones del pensamiento), se analizan los procesos mentales del “mundo 2”, orientándose —en principio— al ámbito de la cultura. Entonces y de tal modo que la interacción de los mundos representan que en el mundo 1 observamos los objetos inanimados visibles o no visibles, dando existencia al mundo 2, que desarrolla estimaciones subjetivas sobre los objetos y propone (v.gr.) observaciones y experimentaciones. Cuando los objetos del mundo 1 toman la posibilidad de su existencia por la interacción del mundo 2 entra en juego la interacción del mundo 3. En este mundo los preceptos e ideas son rectificadas y es cuando se convierte en un aspecto cognoscitivo, pudiendo causar modificaciones en los mundos 1 y 2. Cabe consignar que el mundo 3 es el más relevante por imperio del desarrollo de los razonamientos, los conceptos e ideas.

Establecidas estas conexidades y orden de opiniones nos encontramos en condiciones de mencionar, con relación a la trascendencia de la ciencia jurídica y la semiología (entre otras ciencias y disciplinas incluidas) en el Nuevo Paradigma de la Administración de Riesgos NUPAR-TAR (Fernández H., 2005) habida cuenta como ciencia mayor planetaria de su incorporación (la ciencia jurídica, la semiología y la interrelación) en los factores-base y elementos-nexo; asimismo, plantear, proponer y propiciar la aplicabilidad de los modelos superadores de orden universales, llamados: Dodecaedro del Riesgos Laboral y Ambiental (DoRLA) y su paradigma conglobante planetario, denominado Constelación Humanoide Planetaria (CoHuP) (Fernández H., 2022).

III. CONCLUSIONES Y DISCUSIÓN

Es importante y trascendental establecer, llegado a este avance y orden de ideas, que la deconstrucción del derecho no es admisible, sino que originariamente desde la utilización del lenguaje y su estudio científico que es la lingüística; por ende, estamos ante la presencia de la lingüística jurídica. Cabe consignar que sus contenidos congruentes están nítidos al encontrarse incluidos en la concepción misma de la ciencia jurídica, de tal manera que una de sus funciones nodales es la construcción de enunciados (v.gr. aseverativos y prescriptivos), los cuales dependen de una función concreta que tienen que cumplir (v.gr.): afirmación o negación de algo, proponer un comportamiento para efectuar funciones determinadas como describir y también prescribir algo. Cabe afirmar que la deconstrucción observa que el lenguaje, en especial de los conceptos ideales como verdad y justicia, son inflexiblemente laberínticos, versátiles o inasequibles de establecer.

En cuanto al lenguaje descriptivo como lenguaje propio de la función del derecho alguna línea de pensamiento de la lógica jurídica interpreta al derecho como constituido por un lenguaje que admite el cálculo de la verdad de las acciones en aspectos de verdad de formulaciones descriptivas con estructuración, fundamentalmente en resultados, en contradicciones y en conexiones lógicas; en resumen, el fundamento de validez de una norma jurídica como proposición está en su relación con otra preceptiva jurídica. Un prístino caso de esto se observa en la tarea judicial: los jueces, al tomar una posición, fundamentan su decisión en una norma jurídica específica. Estamos en la función de subsunción avanzada por el juez, obedeciendo a la estructura de un razonamiento constituido por una premisa mayor: la norma general, una premisa menor, la circunstancia fáctica en estudio y una conclusión. En este orden “la decisión tomada por el juez en tal caso, esta conclusión, corresponde a lo que se denomina una norma particular” (Ferrer y Rodríguez, 2011, p. 35). Aunque la controversia se extiende respecto y sobre qué tipo de relación existe entre la ciencia jurídica y el lenguaje, lo cierto y evidente es que no se pone a discusión su interrelación primordial. Justamente en este aspecto la lingüística y la semiología se unifican para fundamentar la cuestión de si el derecho es lenguaje o si se vale del lenguaje además de nutrir la propia lógica operacional del derecho y de sus operadores (Aguirre R., 2008). En este orden del sistema conceptual y discusión creemos firmemente (visio et mores ethicae hominis) que no podemos dejar de incluir a la “ética y la deontología” en todo análisis y desarrollo pertinente, no obstante a qué tratamiento hacemos en relación a las ciencias y disciplinas que abordamos.

Así las cosas, llegó el momento de argüir que la ética filosófica se ordena como una disciplina normativa o meta normativa (metaética), como teoría de los principios formales de la moralidad y de los valores morales, o bien como simple lógica de los aspectos morales y conforme al análisis deontológico de las normas. Se consideran deontológicas aquellos direccionamientos en ética que derivan el carácter obligatorio de las acciones morales con independencia de los fines externos y de las consecuencias de las acciones hechas por el deber. Entonces, los límites entre ética y metaética no siempre es rigurosa en los análisis filosóficos concretos, siendo especialmente significativa para la sociología la distinción que se establece entre la ética formal de Kant y la ética material de los valores de Scheler, además de la diferencia establecida por Weber entre ética de la convicción y ética de la responsabilidad (Fernández H., 2022, p. 107).

IV. NUESTRA OPINIÓN

En nuestro análisis y opinión albergamos la idea, así las cosas, sobre la realidad de la trilogía estructural: semiología, ordenamiento jurídico y su interrelación, que se observa cimentado, examinado, subsumido y esclarecido, a través de la composición conceptual del Paradigma del NUPAR-TAR: Nuevo Paradigma en la Administración de Riesgos-Tetraedro de la Administración de Riesgos que no solamente se dirige a los aspectos complejos de taxonomía, diagnosis y prevención de riesgos planetarios (v.gr. medio ambiente), sus caminos conducentes y contestes a las soluciones universales, sino que avanza a todo análisis planteado de completitud, en nuestro caso de estudio (v.gr.) sobre la semiología jurídica, en la medida de estar incorporados conceptualmente en los factores-base (análisis poliédrico: jurídicos, humanos, técnicos y de interrelación) constituyendo el Tetraedro de Administración de Riesgos (TAR); los elementos-exo (semiología, interfaz comunicación-organización y relaciones laborales); el Nivel Ético Deontológico (NED) que obra de filtro arquetípico de toda exploración y tratamiento conceptual, constituyendo el Paradigma (ciencia mayor autónoma) y Sistema Conceptual Científico del NUPAR-TAR. En este orden de interpretación y armonización es que la “semiología jurídica y su interrelación” se encuentra inmanentemente nutridas en los modelos superadores e integrativos del “Dodecaedro del Riesgo Laboral y Ambiental (DoRLA)” y su paradigma general “Constelación Humanoide Planetaria (CoHuP)”.

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Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero