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A propósito de la aprobación del Presupuesto de la República del Perú y el Presupuesto del Congreso

Publicado el 15 de agosto de 2023

Juan-Andrés Fuentes
Bibliotecólogo de Derecho Internacional, Comparado y Foráneo en la Harvard Law
School.
Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Diploma en Estudios
Especializados en Derecho Internacional por la Université Catholique de Louvain y
Master en derecho por la University of McGeorge School of Law University
of the Pacific

emailjfuentes@law.harvard.edu


El rechazo popular hacia el trabajo realizado por los miembros actuales del Congreso del Perú ha alcanzado su pico en 2023: 91% desaprueba la labor de la actual composición del Congreso elegido para el periodo 2021-2026 (Instituto de Estudios Peruanos-junio de 2023). El Congreso es percibido como un ente que busca servirse y no servir al pueblo que lo eligió y que busca, además, concentrar y abusar de su poder. Por ejemplo, el Congreso aprobó en marzo de 2023 un bono extraordinario de S/.9,900 (2,713.1 dólares estadounidenses, T.C, 07/07/23) para todos sus trabajadores en un país donde muchos viven con un salario mínimo mensual de 1,025 soles (280.98 dólares estadounidenses) y siete de cada diez peruanos son pobres o vulnerables de caer en pobreza (Banco Mundial, 26/04/23), ello resulta un agravio. A propósito de esta medida, detallamos los problemas del actual procedimiento para la aprobación anual del Presupuesto de la República, como del presupuesto congresal, así como posibles soluciones para su reforma.

Primero, refirámonos al Presupuesto de la República, el cual está contenido anualmente en la Ley de Presupuesto del Sector Público, la ley constituye un programa de gobierno a corto plazo en el que consta como se distribuirán los ingresos nacionales que recauda el Estado durante un año. Mientras que el Ejecutivo formula y presenta el presupuesto de la República es facultad exclusiva del Congreso el debate y la aprobación de la ley que lo contiene. Los congresistas no pueden presentar proposiciones de ley que contengan propuestas de creación ni aumento de gasto público, excepto en el marco de la discusión del Presupuesto de la República. Con ello, el Congreso está habilitado para modificar su distribución.

Nuestra crítica se centra en que esta tarea de aprobación de la asignación y distribución de los recursos del Estado es eminentemente técnica y, por ende, debería estar a cargo de un ente especializado. Esta observación toma mayor relevancia al revisar estudios que corroboran cómo ha ocurrido en el pasado una manipulación antitécnica en el seno del Congreso cuando ha llegado el momento de la aprobación del proyecto de ley de presupuesto. Quien ejerce la presidencia de la Comisión de Presupuesto influye en su distribución geográfica, en el sentido que la región a la que este/a congresista representa, suele incrementar el monto del presupuesto que a su región se le asigna.

Respecto al Presupuesto del Congreso, su aprobación se operativiza así:

• La elaboración del proyecto de ley de presupuesto está a cargo del Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Finanzas, quien recaba de todas las entidades públicas sus necesidades financieras para el ejercicio fiscal siguiente y tiene la opción de respetar el monto solicitado por cada entidad pública (lo cual obviamente debe hacerse en base a consideraciones técnicas), o modificarlo, de considerarlo necesario, luego de lo cual realiza una asignación presupuestaria para cada una de ellas y una asignación presupuestaria anual para la República.

• Esto, en teoría, también ocurre con el Congreso. Este se encarga de elaborar su propia propuesta presupuestal y el Ejecutivo tiene la facultad de reducirlo. Sin embargo, es difícil que ocurra ello pues el Ejecutivo sabe que si no le otorga lo solicitado el proyecto de ley de presupuesto podría sufrir cambios en su distribución.

• El control político-parlamentario ejercido por el Congreso mediante la aprobación del presupuesto anual está destinado a garantizar una distribución eficiente de recursos. Sin embargo, no está ocurriendo ello al estar también encargado de aprobar su propio presupuesto; el sistema de pesos y contrapesos no se cumple en esta materia.

Lo anotado no sólo es una reflexión teórica. Estadísticas de los últimos dos años muestran que el Congreso incrementa su asignación presupuestaria cuando este llega para su aprobación como parte del presupuesto nacional, por ejemplo, en 2022 y 2023 el monto aprobado a favor del Congreso en las leyes del Presupuesto de la República aumentó en 44.5% y 37.4%, respectivamente, al compararse con el monto estimado para el Congreso en los proyectos de ley de presupuesto para esos años (datos elaborados a partir de información disponible en la website del Ministerio de Economía y Finanzas del Perú).

Algunos han planteado que una solución para una aprobación técnica de ambos presupuestos podría pasar por dotar la Comisión de Presupuesto del Congreso, con personal no afiliado a partido o movimiento político alguno, competente y estable, como ocurre en los Estados Unidos con la «Congressional Budget Office», pero esta situación nos parece insuficiente por el obvio conflicto de intereses. Es difícil que una entidad decida «en contra de si misma» y que el personal de esta comisión no se vea influenciado de algún modo por los congresistas.

A fin de cautelar el uso racional de los recursos se requiere que una entidad especializada y autónoma apruebe ambos presupuestos. Consideramos que la Contraloría General de la República podría ser la entidad indicada. Ello tendría sentido pues, de acuerdo a la Constitución peruana actual, la Contraloría está encargada de supervisar la ejecución del Presupuesto nacional y los actos de las instituciones públicas. ¿Quién podría aprobar con mejor criterio la distribución de recursos estatales que aquella que realiza funciones relacionadas y conoce de las necesidades y eficiencia en el gasto de las entidades públicas que lo componen?


Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero