logo logo





El derecho al trabajo de los migrantes en México

Publicado el 15 de agosto de 2023

María de los Ángeles Blandón Salinas
Licenciada en derecho
emailangeles2013@gmail.com


Los derechos de los migrantes son uno de los principales puntos de la agenda nacional y global de cualquier país o comunidad internacional. El presente artículo es un acercamiento a la situación en México respeto a uno de los derechos más importantes que tiene el hombre: el trabajo. La palabra trabajo proviene del latín tripalium, pérfido invento de tortura parecido a una cruz de tres palos a los que se ataba a un reo para tostarlo al fuego o someterlo a otras adorables prácticas, por eso, en su sentido más antiguo, el verbo trabajar se usaba en castellano con el significado de sufrir y padecer. En virtud de aquello, existen instrumentos internacionales y un marco jurídico nacional de amplia protección que, desde la perspectiva del derecho, los considera sujetos de derechos fundamentales. Como tal, la política pública del Estado mexicano reconoce el derecho de los trabajadores migrantes a un trabajo digno, tal como lo establecen diversos instrumentos internacionales, leyes y reglamentos laborales mexicanos.

A través de los años, en distintas sesiones legislativas del Senado de la República se han instado a los distintos gobiernos locales y estatales a brindar una asistencia consular y garante del respeto a los derechos de los trabajadores migrantes, así como evitar daños a sus personas o intereses, injusticias y arbitrariedades. El Reglamento de la Ley para el Reconocimiento y Atención de los Derechos de las Personas Migrantes y sus Familias para el Estado de Oaxaca es un ejemplo de los esfuerzos realizados por el gobierno mexicano central para proteger los derechos de los trabajadores migratorios. Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos siguen existiendo desafíos para los trabajadores migrantes en México.

En las últimas noticias divulgadas por los medios de comunicación se indica que actualmente uno de los principales desafíos que enfrentan los trabajadores migrantes en México es la falta de acceso a un trabajo digno con los servicios básicos como la salud y el salario. En otros casos las barreras culturales, como el idioma, ha agudizado la brecha de la desigualdad laboral para los migrantes de nacionalidades distintas, como las haitianas, árabes o indios que llegan por la parte sur de México después de una larga travesía marítima o terrestre. Para muchos de éstos el desempleo y la creciente pobreza los ha llevado a enfrentar esa dificultad del idioma, además de los peligros de su travesía. Por los demás, es bien conocido que México es y se ha convertido en un territorio de tránsito de migrantes, tanto regulares como irregulares; desde la década de 1990 dio acogida a las personas desplazadas de Guatemala, Honduras y El Salvador, quienes buscaban ingresar a Estados Unidos como solicitantes de protección humanitaria por los conflictos armados que sufrían.

Actualmente, con una política migratoria un poco desfasada en el tiempo, no sólo por las nuevas modalidades de la migración, sino también por los procesos lentos y requisitos fastidiosos (carta oferta de empleo en papel membretado de persona física o moral en la que se indique actividad a realizar, temporalidad requerida, lugar de trabajo y los datos de la constancia de inscripción del empleador debidamente actualizada), para el migrante no resulta rentable conseguir un trabajo en México ni mucho menos buscar la estabilidad laboral y familiar que en otras circunstancias podrían conseguir para su propio bienestar. Para Estados Unidos el tema del derecho al trabajo de los migrantes en México no es considerado un derecho de obligatoriedad, siendo que ni siquiera se encuentra consagrado en numerosas tesis, estudios o jurisprudencias de la normativa estadunidense, por el contrario, considera que el derecho laboral, si es un trabajo informal, indigno, y barato entonces el trabajador migrante es bienvenido a la tierra del “sueño americano”.

Para México, paradójicamente, sus normativas se ven obligadas últimamente a no causar contrariedades entre las distintas leyes laborales como la LFT Ley federal del Trabajo (LFT) o la Ley del Seguro Social (LSS). Por eso, resulta para la política del gobierno mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores migrantes, es importante respetar sus derechos, incluido el derecho al trabajo, sin presiones indebidas sobre los salarios. A la Secretaría de Gobernación le corresponde, de acuerdo con el artículo 27, fracción 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), “[f]ormular y dirigir la política migratoria, así como vigilar las fronteras del país y los puntos de entrada al mismo por tierra, mar o aire, garantizando en términos de ley la libertad de tránsito, en coordinación con las demás autoridades competentes”.

La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación encargado de conducir la política en materia de refugiados y protección complementaria, así como gestionar acciones de asistencia desde el inicio del procedimiento con pleno respeto a los derechos humanos.

La Unidad de Política Migratoria (UPM) tiene como principal objetivo proponer la política migratoria del país; toma en consideración los principios establecidos por la Ley de Migración; está adscrita a la Subsecretaria de Población, Migración y Asuntos Religiosos. De acuerdo con el artículo 19 de la Ley de Migración, el Instituto Nacional de Migración “es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de políticas en la materia, con base en los lineamientos que expida la misma Secretaría”

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene entre sus atribuciones algunas que se relacionan con la política migratoria. Se encuentran señaladas en algunas fracciones del artículo 40 de la LOAPF (Ley Orgánica de la Administración Pública Federal):

I. Vigilar la observancia y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el artículo 123 y demás de la Constitución Federal, en la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos... III. Intervenir en los contratos de trabajo de los nacionales que vayan a prestar sus servicios en el extranjero, en cooperación con las Secretarías de Gobernación, de Economía y de Relaciones Exteriores… y VII. Establecer y dirigir el servicio nacional de empleo y vigilar su funcionamiento.

En conclusión, si bien las leyes y reglamentos laborales mexicanos brindan cierta protección a los trabajadores migrantes, aún existen desafíos para garantizar su derecho al trabajo. Estos desafíos incluyen la discriminación, la explotación y la falta de acceso a los servicios sociales como la salud. Sin embargo, se hace necesario redoblar esfuerzos para mejorar los derechos y las condiciones laborales de los trabajadores migrantes en México, incluida la implementación de nuevas políticas y programas. Es importante que estos esfuerzos continúen para garantizar que todos los trabajadores, independientemente de su origen, puedan trabajar en condiciones seguras y justas, al hacerlo México puede continuar promoviendo una sociedad más justa y equitativa para todos, pero sobre todo inyectar mayor economía al país, como lo hace Estados Unidos con las remesas extranjeras o como los países europeos que buscan diversificar su población con gente migrante joven.


Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero