¿Para qué sirve la Metodología de la Investigación Jurídica?

Publicado el 28 de febrero de 2013

Jorge Alberto González Galván
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM
jagg@unam.mx

La importancia del conocimiento y aplicación de los métodos y técnicas de investigación en el campo del derecho radica en la adquisición de las herramientas necesarias para el desempeño eficiente de nuestro ejercicio profesional. Esto quiere decir que no sólo me van ser útiles estas herramientas para acreditar una materia u obtener un grado académico, sino que al aprenderlas durante mi formación en la licenciatura las voy a poner en práctica también como postulante o litigante, como operador judicial, como asesor jurídico en los Congresos legislativos o en la administración pública o privada y, por supuesto, como docente e investigador.

¿Cuáles son dichas herramientas de investigación? Son de dos tipos: documentales y empíricas. Las documentales están relacionadas con el estudio de la información producida o elaborada por los demás, es decir, por el legislador (normas), el juzgador (resoluciones) y el académico (doctrina). Las empíricas se refieren al análisis de la información obtenida por mí mismo con base en la observación directa de los hechos que me constan relacionados con mi tema de investigación (diario de trabajo) y de la que obtengo con base en las preguntas que aplico a personas relacionadas con mi tema (entrevista). De este modo, mi análisis estaría completo ya que las herramientas documentales me servirían para estudiar las fuentes formales (legislación, jurisprudencia y doctrina), y las herramientas empíricas me serían útiles para enriquecer mi análisis con base en el estudio de las fuentes reales del derecho: los hechos y los testimonios.

Se recomienda para el estudio de las fuentes formales de un tema, problema o actividad profesional, realizar el fichaje de la información seleccionada y el aparato crítico en el documento final. El fichaje consiste en la elaboración, primero, de las fichas de localización o bibliográficas, donde organizo los datos de las fuentes seleccionadas, anotando el quién produce esa información, el qué trata con el título asignado, el dónde se publica y el cuándo con la fecha de publicación. Segundo, con la elaboración de las fichas de contenido o de trabajo, donde hago constar con mis propias palabras, sin copiar textualmente, el resultado de mi análisis de los documentos: describiéndolo, contestado la pregunta de qué trata; interpretándolo, contestando la pregunta qué concluye, propone o establece, y mi crítica contestado la pregunta qué opino de lo que el legislador, el juzgador o el académico, concluye, propone o establece. Quiero enfatizar que lo que hago constar en mi ficha de trabajo debe ser la expresión con mis propias palabras de lo que los textos dicen, para evitar el uso de las repeticiones de lo que ya consta en los documentos. Estos no fueron hechos para ser copiados, fusilados, reproducidos, sino para ser descritos, interpretados, y criticados con mis propias palabras.

A los abogados nos gravan en nuestra genética profesional que debemos siempre “fundar y motivar”, esto ha sido traducido en la práctica profesional judicial, administrativa y académica, con la reproducción literal de lo que dicen los textos. Ello no es digno de un profesionista que se ha preparado durante cinco años en estudios de Educación Superior, sino se trata simplemente de un trabajo secretarial (con todo respeto para las secretarias).

El aparato crítico de un documento de investigación final consistente en que toda la información documental citada que conste en él (legislativa, jurisprudencial o doctrinal) estoy obligado a mencionar su origen a pie de página o al final del documento. Como licenciado en Derecho, entonces, estoy obligado en el desempeño de mi ejercicio profesional como redactor de informes o resoluciones administrativas o judiciales, iniciativas de reformas legislativas, trabajos académicos, a citar siempre, primero, mis fuentes de manera resumida, sintética, con mis propias palabras (nunca de manera literal, textual, por eso existen los documentos), y segundo, mencionar siempre a pie de página o final de mi documento la nota de la cita resumida correspondiente, es decir, los datos de su localización, para que el lector pueda revisar el texto de origen de manera integral.

Para el estudio de las fuentes reales del derecho de cualquier tema se recomienda la elaboración, primero, de un diario de trabajo, en donde hago constar mis observaciones de los hechos relacionados con mi tema: describiéndolo, interpretándolo y criticándolo, es decir, redactando fichas de trabajo o contenido, no sólo ya sobre documentos (como ya vimos), sino también sobre hechos. Y segundo, llevando a cabo entrevistas, elaborando un cuestionario para aplicarlo a personas relacionadas con mi tema, describiendo, interpretando y criticando, sus respuestas, es decir, redactando fichas de trabajo o contenido sobre, ahora, testimonios.

¿Quieres ser un buen litigante? ¿Quieres ser un buen operador judicial? ¿Quieres ser un buen asesor jurídico en los Congresos legislativos y en la administración pública y privada? ¿Quieres ser un buen profesor e investigador? No olvides emplear en tus tareas no sólo las herramientas de investigación documental de las fuentes formales del derecho, sino también las de investigación empírica de sus fuentes reales.