Ley General de Víctimas, ejemplo del autoritarismo
Publicado el 22 de agosto de 2013 Víctor Manuel Rangel Cortés Estudiante del Programa de Doctorado por investigación de la UNAM, FES Acatlán vrangel1982@gmail.com |
El clima de violencia que ha vivido México en los últimos años, basado en la comisión de delitos de alto impacto cometidos por el crimen organizado, ha derivado en el impulso por parte de sectores de la sociedad civil de la creación de un sistema legislativo garante de los derechos de las víctimas.
Nuestra Constitución en su artículo 20 establece una serie de derechos a favor de las víctimas del delito, que a grandes rasgos pueden clasificarse en: a) derechos procesales, y b) derechos de atención y protección.
En consecuencia, en el Congreso de la Unión y en el Ejecutivo Federal se ha tenido la idea sobre la expedición de una norma de carácter secundario que concrete los derechos establecidos por el texto constitucional.
Ante esta situación, en el 2012 el Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Víctimas propuesta por diversos actores de la sociedad civil, quienes ante el sufrimiento causado por la pérdida de seres queridos impulsaron esta legislación.
Las opiniones son variadas, desde quien lo ve como un avance para el sistema jurídico mexicano hasta los que visualizan su inaplicabilidad.
En ese contexto, la Ley General de Víctimas dice tener por objeto reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos.
Además, se propone la creación del Sistema Nacional de Atención a Víctimas para establecer, regular y supervisar las directrices, planes, programas, proyectos, acciones y demás políticas públicas que se implementan para la protección, asistencia, atención a las víctimas en los ámbitos local, federal y municipal.
Además, se ha enaltecido que prevé la reparación integral de los daños a las víctimas, así como medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición.
Lo cierto es que la aprobación y posterior publicación de esta nueva legislación, no solo debe interpretarse como un avance en la protección de las víctimas.
En ese sentido, debemos preguntar ¿Qué significa que el Presidente de la República expida una ley a todas luces contraria a la Constitución?
En términos de la teoría de sistema sociales sustentada por Luhmann, el artículo 73 constitucional establece una sistema de inclusión y de exclusión respecto de aquello que el Congreso de la Unión puede hacer en el ejercicio de su función legislativa.
Una simple mirada al citado artículo es suficiente para darse cuenta que el legislativo federal no tiene entre sus atribuciones expedir la ley en comento; sin embargo, el Presidente de la República hizo caso omiso de lo mandatado por la Constitución, que por cierto juró cumplir y hacer cumplir en el momento que tomo posesión de su encargo tal y como lo seña el artículo 87 constitucional, y ordenó su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
¿Cuál es la necesidad de publicar la Ley General de Víctimas? Al igual que el Presidente Felipe Calderón, el actual titular Ejecutivo Federal carga sobre sus hombros un problema de legitimidad. Ante ello, ha emprendido un camino para conseguirla.
A diferencia del anterior mandatario, hoy parece que el camino a seguir es la imposición de reformas que den gusto a determinados grupos sociales sin importar las consecuencias que de ello se deriven.
Aparentemente, esto es más apropiado que iniciar una guerra contra el crimen organizado; no obstante, la publicación de la Ley General de Víctimas es un acto autoritario que implica que el nuevo gobierno será capaz de violentar cualquier principio o postulado constitucional para conseguir sus fines, incluyendo los derechos humanos.
Son signos evidentes de un gobierno autoritario que pretende concentrar el poder político de forma arbitraria, cuyas acciones están destinadas a ganar la simpatía de quienes no reconocen la legalidad de la elección presidencial a costa de la violación de la Constitución.
Por eso, no se debe perder de vista que la Ley General de Víctimas tiene el objetivo principal de darle a la sociedad civil lo que quiere y así preservar el poder y la hegemonía política a través de la popularidad entre los diversos sectores sociales.
En realidad, no se pretende redeterminar al sistema de justicia o de seguridad pública, al sistema económico o político.
Retomando la teoría de los sistemas sociales, el sistema jurídico está siendo utilizado para generar expectativas a las víctimas de los delitos. Se trata de una ley de elevada complejidad, y por ello tiene múltiples riesgos de no cumplirse en el mundo de los hechos.
Por ejemplo, hay que preguntarse si existirán los recursos suficientes para que el Estado pague la reparación del daño a todas las víctimas del delito.
La arbitraria publicación de la Ley General de Víctimas deriva en una invasión clara al ámbito de competencia de las entidades federativas. Una Ley General es el inicio de un ciclo autorreproductivo que continua con la expedición de legislaciones estatales que se fundamentan en la expedida por el Congreso de la Unión.
En consecuencia, la Ley General de Víctimas atenta contra el federalismo y la democracia que la propia Constitución consagra como dos principios medulares que determinan nuestra forma de gobierno.
La Ley General de Víctimas no es más que un discurso autoritario emitido por el Ejecutivo Federal para alcanzar la legitimidad que no pudo lograr en las elecciones presidenciales de 2011; asimismo, es signo claro de que el gobierno federal hará lo que sea, incluso actuar en contra de la Constitución, para satisfacer sus intereses.