Seguridad y Justicia. A cuatro años de la reforma penal

Publicado el 22 de agosto de 2013

Víctor Manuel Rangel Cortés
Estudiante del Programa de Doctorado por investigación de la UNAM, FES Acatlán
vrangel1982@gmail.com

Durante los días  22, 23 y 24 de mayo se celebró en la ciudad de México el “4to foro nacional sobre seguridad y justicia. A cuatro años de la reforma penal, lo que falta”. En este, participaron expertos en la reforma constitucional penal de 2008 para aplicar el sistema acusatorio. Con motivo de esto, vale la pena hacer algunos comentarios sobre los temas expuestos por los especialistas en la materia.

Históricamente, el sistema de justicia penal de nuestro país ha sido de corte inquisitivo. Aunque la Constitución de 1917 estableció un sistema garantista, la legislación secundaria y la práctica establecieron un proceso en donde el juez no está presente para conocer las pruebas y construir un criterio objetivo.

Además, la escritura y con ella la burocratización de los juicios derivaron en un proceso penal largo y tortuoso en donde la pruebas obtenidas por el ministerio público en la averiguación previa marcaban el rumbo del juicio y el sentido de las sentencias.

No debe pasarse por alto que las policías y los ministerios públicos, recurren a la aplicación de la tortura para obtener confesiones. Esta última, a pesar de los esfuerzos para que no se constituyera como prueba plena, hasta la fecha sigue siendo la base para encarcelar a muchos inocentes.

En ese contexto se construyó la reforma constitucional de 2008. Con esto, hoy día la carta magna refiere de manera clara que el sistema de justicia será acusatorio y oral. Así, los juicios tienen que ser orales, contradictorios, expeditos, con la presencia forzosa del juez en las audiencias y en igualdad de condiciones entre acusado, acusador y víctimas.

Lo anterior, a primera vista representa un avance importante en la conformación de un modelo de justicia penal eminentemente protector de los derechos humanos.

Con motivo de lo anterior, muchas son las voces que se han alzado en pro de la aplicación de la citada reforma. Tal es el caso del  “4to foro nacional sobre seguridad y justicia. A cuatro años de la reforma penal, lo que falta”,  en el que diversos académicos y expertos se manifestaron en que existe la necesidad de acelerar la aplicación de este llamado nuevo sistema de justicia.

En ese sentido, se expuso la necesidad de contar con la debida capacitación de los operadores, es decir, para el éxito de la reforma es imprescindible que los policías, los ministerios públicos, los jueces peritos y defensores tengan los conocimientos necesarios y suficientes para poder cumplir con su rol dentro del nuevo proceso.

Además, se explicó la relevancia de que tanto el ministerio público y el instituto de la defensoría sean organismos autónomos y con ello se encuentren en igualdad de condiciones dentro del juicio.

Una de las exigencias más recurrentes en este foro, fue la importancia de aprobar lo más pronto posible la iniciativa del Código Federal de Procedimientos Penales presentada por el Ejecutivo federal y que se encuentra pendiente en la Cámara de Diputados.

Sin lugar a dudas las propuestas hechas, las exigencias y los reclamos son dignos de tomarse en cuenta, sin embargo, es relevante hacer notar que la reforma de 2008 no sólo fue construida para implementar el sistema acusatorio. En realidad también se incluyeron disposiciones que tienen que ver con la lucha contra el crimen organizado y que ponen en riesgo a los derechos humanos.

Un ejemplo de lo anterior, es el siempre criticado y señalado arraigo, que hoy es Constitucional. Además existe la figura de los testigos protegidos o la extinción de dominio. Lo anterior implica un régimen de excepción para casos de delincuencia organizada y la base para la existencia de un derecho penal del enemigo cuya pretensión es la de eliminar a los criminales sin importar los medios.

Luego entonces, es importante no perder de vista que el sistema acusatorio debe tener como premisa principal el resguardo de los derechos humanos en sus diferentes etapas.  Tanto la investigación, el juicio oral y la ejecución de sentencias deben tener como columna vertebral los principios que integran a este sistema de impartición de justicia.

En ese tenor, parece que en muchas de las exposiciones se olvida o no se quiere analizar que la reforma Constitucional de 2008 esta conformada por dos discursos. El primero tendiente a establecer el sistema acusatorio y el segundo que tiene como objetivo principal acabar al crimen organizado a costa de los derechos humanos.

Asimismo, debemos considerar que el nuevo sistema de justicia en realidad es un subsistema. Por ello, no puede ser visto de forma aislada. Esto implica que hay que voltear la mirada la acelerada reproducción de leyes en materia penal y que son contrarias al proceso acusatorio.

Un ejemplo de lo anterior es la ley antisecuestro con penas sumamente elevadas o las propuestas para combatir el lavado de dinero, en especial la que incluye sanciones para cadenas delictivas que se encuentra pendiente en el Senado de la República.

Como se mencionó, en el foro se ha reclamado la pronta expedición del Código Federal de Procedimientos Penales. Desafortunadamente, este marco legal ha sido redactado en un ambiente en donde la lucha contra el crimen organizado parece ser la política más importante de los gobiernos.

En tal virtud, la propuesta enviada a la Cámara de Diputados sí incluye todo lo referente al nuevo procedimiento penal; sin embargo, contiene disposiciones inquisitivas que ponen en riesgo un cambio verdadero en la justicia mexicana.

Por ejemplo, el Código incluye la posibilidad de que se realicen revisiones de personas (artículo 299). Por supuesto, se refiere que para poder realizar esta inspección se requiere autorización de la persona que será inspeccionada. Sobre esto último, no olvidemos que hoy existen retenes militares y policiales en todo el país efectuando revisiones en las personas o autos, mismas que son totalmente violatorias de los derechos humanos.

Así, lo que se pretende es dar legalidad a lo que ahora es ilegal. Pero aún ante la legalidad, las violaciones a los derechos humanos serán superiores.

Por consiguiente, es cierto que se requiere de la implementación de un nuevo sistema de justicia; sin embargo, vale la pena reflexionar sobre qué clase de justicia queremos. Si lo que deseamos es una justicia represiva y ciega ante la democracia y los derechos humanos, entonces el camino andado es el correcto.

Contrario a lo anterior, si lo que pretendemos es un verdadero sistema de justicia garantista basado en el sistema acusatorio, entonces debemos reflexionar si en verdad estamos construyendo el marco jurídico idóneo y si no es de esa manera, entonces hay que asumir la responsabilidad de iniciar su re-determinación desde la Constitución.