¿Consulta estéril?*

Publicado el 9 de enero de 2014

Pedro Salazar Ugarte
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM
pedsalug@yahoo.com

La consulta es viable pero todo indica que será estéril. Al menos jurídicamente. El ejercicio puede servir como acción política, como mecanismo para despresurizar el ambiente, como instrumento legitimador del discurso de la izquierda pero, si nos atenemos a lo que dice la constitución, no resultará vinculante para nadie. Otro gallo cantaría –al menos teóricamente- si la consulta se hubiera realizado antes de la reforma constitucional pero ahora es demasiado tarde. De hecho, es probable que ni siquiera pase el primer filtro que la constitución exige después de reunidas las firmas para convocarla: el pronunciamiento previo de constitucionalidad por parte de la Suprema Corte. He aquí las razones.

La única vía que existe en nuestro ordenamiento jurídico para modificar a la constitución está contenida en su artículo 135. Con dos terceras partes de los legisladores del Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas de los estados es posible incluir, modificar o suprimir disposiciones constitucionales pero ninguna de estas acciones puede activarse mediante las consultas populares. Así las cosas, aunque participaran en la consulta contra la reforma energética más del cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores –que es el quórum constitucional requerido para que el resultado sea vinculante-, sus efectos no tocarán al texto constitucional recién aprobado. En otras palabras: para revertir la reforma es necesaria otra reforma constitucional.

De hecho, si nos atenemos a los precedentes de la Suprema Corte en otros casos de reformas constitucionales, tampoco tendrá éxito la estrategia anunciada por algunos legisladores de controvertir las nuevas normas mediante acciones de inconstitucionalidad. Hasta ahora los ministros han dejado claro que el contenido de las reformas constitucionales no puede ser objeto de control judicial. Así que, si el procedimiento de aprobación de la reforma es pulcro, ésta quedará a salvo de escrutinios jurisdiccionales. Por lo mismo, es probable que la propia Corte descarte la viabilidad constitucional de una consulta popular orientada a revertir una reforma a la constitución. Si este fuera el caso, la consulta, ni siquiera se llevará a cabo porque la opinión favorable de la Corte es un requisito para convocarla. Esta eventualidad colocará a los ministros bajo mucha presión en los meses venideros.

Ahora bien, también es cierto que a través de una consulta pueden preguntarse muchas cosas. Por ejemplo, puede consultarse a la población si los ciudadanos quieren que su constitución vuelva a reformarse para revertir las cosas. El ejercicio pasaría la prueba de la constitucionalidad, sería interesante y relevante desde un punto de vista político pero me temo que, jurídicamente, seguiría siendo infecundo. Es verdad que la constitución contempla que los resultados de las consultas, en ciertos supuestos, puedan ser vinculantes para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y “para las autoridades competentes”; pero no queda claro que el poder reformador de la constitución encuadre en esta categoría y, aunque lo fuera, no es posible ordenarle que reforme la constitución en un sentido determinado. Si esto fuera viable perderían sentido la representación democrática y la pluralidad política porque el texto constitucional podría quedar en manos de un puñado de gobernados.

Lo que podemos hacer los ciudadanos es presentar una iniciativa de ley en materia energética. El problema es que, además de quedar supeditada a la aprobación parlamentaria, la iniciativa tendría que ajustarse a la constitución. La trampa se cierra de nuevo porque, para ser viable, la iniciativa ciudadana debería reproducir los muy detallados artículos –muchos de ellos transitorios- aprobados por el poder de reforma constitucional. En síntesis, la reforma energética, al igual que la política-electoral, una vez planchada quedará jurídicamente blindada. Huele a gas.

NOTAS:
* Se reproduce con autorización del autor, publicado en El Universal, el 14 de diciembre de 2013