¿Anonimato o identificación en Internet?

Publicado el 4 de septiembre de 2015

Víctor Collí Ek
Investigador en la Universidad Autónoma de Campeche,
vimcolli@uacam.mx,
www.victorcolliek.com

La vida en la red definitivamente cambió después de junio de 2013 cuando Edward Snowden revelara la primera oleada de información sobre espionaje gubernamental en la red. A partir de ese momento se inició una discusión fuerte que ha modificado los parámetros de la expresión y la privacidad, de las facultades de las autoridades, del potencial grado de abuso de los cibercriminales y del desarrollo de tecnología más novedosa, así como la seguridad por parte de las compañías de ese sector. Definitivamente, ahora estamos en un mundo que demanda cambios profundos.

Un efecto claro de esta era posSnowden es la decisión, tomada el 2 de junio pasado por el presidente y el Congreso de los Estados Unidos de América, de delimitar los poderes de la Agencia Nacional de Seguridad (NSA) a través de la USA Freedom Act. Un elemento clave de esta nueva ley es que retira a la NSA la capacidad de almacenar los datos sobre las llamadas telefónicas de millones de estadounidenses y personas en el mundo, y coloca estos datos en manos de las compañías telefónicas. Ahora, mantener el registro de las llamadas es sólo una cara de un cuerpo geométrico con muchas de ellas, un poliedro en constante cambio.

Hay una tendencia riesgosa que consiste en que los gobiernos están solicitando a las compañías que proveen servicios de Internet y comunicación, la colocación de “puertas traseras” a los servicios o equipos encriptados, con la finalidad de identificar y espiar a criminales o potenciales terroristas; el problema es que los términos en que están siendo solicitados son tan amplios que amenaza la seguridad de todos los usuarios de Internet y los hace vulnerables a todo tipo de ataques cibernéticos.

El fenómeno que describimos es complejo; la respuesta diametralmente opuesta de dos autoridades importantes a nivel internacional lo confirma.

Primeramente encontramos el informe de David Kaye (Relator Especial de la Organización de las Naciones Unidas para la libertad de opinión y expresión), para quien la encriptación y el anonimato en Internet es necesario para avanzar en materia de derechos humanos, especialmente la libertad de expresión. Lejos de imponer maneras de intervenir —diría— estas libertades merecen una fuerte protección porque así se permite a los individuos ejercer sus derechos de opinión y expresión en la era digital en que vivimos. Todo esto fue expresado a través de un estudio dado a conocer en a fines de mayo de este año por la ONU.

Por otro lado, la Corte Europea de Derechos Humanos (CoEDH), en días pasados, liberó la sentencia de la Gran Cámara en el caso Delfi A.S. v Estonia, donde se refirió a este tema al analizar el caso de la responsabilidad que tienen los sitios comerciales de noticias en Internet respecto a los comentarios anónimos que se hagan a esas noticias.

La CoEDH decidió que, efectivamente —aunque quiso restringirlo al caso de Delfi A.S.—, el portal debía ser considerado responsable por los efectos de los comentarios hechos por personas ajenas en su portal, especialmente por mecanismos de seguridad virtual, que permiten el anonimato de los autores de dichos comentarios; es decir, para la CoEDH, en estas circunstancias el que quiera hacer un comentario tiene que hacerlo a nombre propio.

Sin duda, las dos anteriores son posiciones encontradas sobre la defensa o promoción de un derecho fundamental en la vida digital, “la expresión”.

Dirían algunos expertos que el anonimato permite la expresión libre en una carretera virtual profundamente intervenida por gobiernos, corporaciones, etcétera, lo cual se hace más necesario al observar la importancia que la participación de la expresión ha tenido en el desarrollo del proceso de democratización, transparencia y responsabilidad existente en los últimos años.

Igualmente, dirían otros, el anonimato favorece la emergencia de fundamentalistas, terroristas y criminales que aprovechan la falta de claridad para sacar adelante sus dañinas empresas.

¿Qué posición tomar? ¿Puede haber un justo medio? Como se puede notar, estas preguntas son de difícil solución. Sin embargo, ahí tenemos dos voces autorizadas que brindan elementos de autoridad para una discusión seria.




Formación electrónica: Luis Felipe Herrera M., BJV