Recuerdo del candidato1

Publicado el 30 de octubre de 2015

Luis de la Barreda Solórzano
Coordinador del Programa Universitario de Derechos Humanos, UNAM,
lbarreda@unam.mx

Acusados del homicidio del conductor de TV Azteca, Paco Stanley, Paola Durante y sus coacusados pudieron haber sido condenados a 40 años de prisión. Estuvieron presos año y medio.

Ningún juez escrupuloso e independiente hubiera dictado auto de sujeción a proceso contra los inculpados, porque la prueba en que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal —cuyo titular era el doctor Samuel del Villar— basaba su acusación no resistía el menor análisis. Esa prueba era el testimonio de un interno del reclusorio preventivo sur, Gabriel Valencia, cocinero en prisión, según dijo él mismo, de los hermanos Amezcua, presos por narcotráfico.

Valencia aseguró que semanas antes del asesinato una mujer rubia y un hombre moreno, bigotón y con la cabeza rasurada visitaron en su celda a los Amezcua, quienes les ordenaron ejecutar a Stanley, distribuidor de drogas en el medio de la farándula, porque les debía mucho dinero. La rubia visitó a los Amezcua, según el testimonio, dos veces. El autor material sería el moreno bigotón; la rubia convencería a Mario Bezares, patiño de Stanley en su programa de televisión, para que lo colocara en un lugar propicio para la ejecución. Habría otros dos cómplices. Todos serían generosamente recompensados.

Valencia dijo que daría su testimonio a cambio de ser trasladado a una cárcel de Puebla, lo que se le concedió. La descripción que hizo de Paola no concuerda con las características físicas de ésta. En violación a la ley, que ordena que cuando un testigo reconozca a una persona, ésta debe presentársele junto con otras que se le parezcan, cuando Valencia reconoció a Paola únicamente a ella se le puso enfrente. El testigo ya había mentido en otro proceso penal a cambio de dinero.

El reporte de atención telefónica de la Procuraduría indica que el testigo telefoneó del reclusorio para informar que tenía información sobre el homicidio a las 13 horas de un 2 de agosto. El documento señala que la llamada se canalizó a la policía judicial ese mismo día a las 12:59 horas, es decir ¡un minuto antes de que el telefonema se realizara!, y que se ordenó investigar los hechos el 1 de agosto a las 17:19 horas, o sea ¡19 horas 45 minutos antes de la llamada!

En los reclusorios toda visita queda registrada. No hay registro alguno de que ni Paola Durante ni el supuesto autor material, Erasmo Pérez Garnica, El Cholo, hubieran visitado el reclusorio. Cuatro testigos señalaron que en una de las fechas señaladas por el testigo como de las visitas de Paola a los Amezcua, ella —que era edecán— estuvo trabajando de las 10:30 a las 22:00 horas en el Auditorio Nacional, donde se montaba un espectáculo infantil, versión que se corrobora con el recibo de honorarios, la carpeta de trabajo y la agenda de la inculpada.

¿Cómo, con todas esas inconsistencias, pudo el juez dictar la sujeción a proceso? Porque era uno de los llamados jueces de consigna, que resolvían lo que la Procuraduría quería sin sustento probatorio.

La recomendación de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) puso en evidencia que se trataba de una falsa acusación y solicitó la libertad de los inculpados. El procurador se negó. Entonces pasó algo extraordinario. El testigo Luis Gabriel Valencia declaró que su imputación era falsa y que funcionarios de la Procuraduría lo tenían amenazado: si se retractaba matarían a su familia. Se comprobó que colaboradores del procurador lo visitaron en prisión unas 40 veces. Éstos declararon que lo hacían ¡por cortesía! La madre de Valencia fue sacada de su casa y llevada a declarar a medianoche.

Es de suponerse cuál hubiera sido la sentencia del juez de consigna. Pero ya todo el país sabía por la recomendación de la CDHDF de la falsedad de la acusación. Por eso el Consejo de la Judicatura Federal —convocado por su presidente, Juan Luis González Alcántara— reasignó a tal juzgador a otro juzgado. Así, la sentencia del caso Stanley fue dictada por un juez honorable, Rafael Santa Ana, quien absolvió a los acusados.

He recordado esta historia al enterarme de que aquel juez que sometió a proceso a los inculpados, el ahora magistrado Rafael Guerra Álvarez, es candidato a la presidencia de nuestro Tribunal Superior.

NOTAS:
1. Se reproduce con autorización del autor, publicado en Excélsior, el 29 de octubre de 2015.



Formación electrónica: Luis Felipe Herrera M., BJV