La Suprema Corte de Justicia en su Décima Época. ¿Existe un límite para el
goce de los derechos humanos en México?

Publicado el 9 de noviembre de 2015

Alfonso Guillén Vicente
Profesor-investigador en la Universidad Autónoma de Baja California Sur,
aguillenvic@gmail.com

Hay suficientes pruebas de que el tribunal constitucional mexicano se ha convertido, a lo largo de las dos últimas décadas, en el poder de la Unión por excelencia. Es el factor que hace posible la convivencia y el funcionamiento, apegado a la carta magna, de los otros dos poderes.

Un Poder Legislativo de la Unión dividido y un Poder Ejecutivo Federal elegido en mayoría por una tercera parte del electorado se han combinado con las atribuciones y las luces de varios de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que esta última brille con luz propia como garante de los derechos humanos, la preservación de las esferas competenciales de los órganos del Estado, así como la constitucionalidad de las normas generales y del actuar de los funcionarios públicos.

Sin dejar a un lado los riesgos y las múltiples aristas de muchos de los temas que discuten, las señoras y los señores ministros han ventilado importantes asuntos de cara a la nación, gracias al Canal Judicial y a las plataformas tecnológicas de información más recientes. Aunque en esta su Décima Época es evidente que la SCJN tiende a privilegiar, en su política de comunicación, todo lo que se refiere al artículo 1o. constitucional.

Sin embargo, sumergidos en importantes cuestiones, como el interesante debate acerca del perfil de los profesionales a ocupar las vacantes debido a los fallecimientos y los retiros de la señora y los señores ministros, parece olvidarse que el actuar de la SCJN como garante de diversos derechos humanos debe partir de que lo hace en una nación que se denomina Estados Unidos Mexicanos, tal como empieza la redacción del artículo 1o. de nuestra carta magna.

Un país que por cierto fue construido a lo largo de varios siglos sobre un pacto de Unión entre entidades federativas que provienen de distintos orígenes, con disímbolos niveles de desarrollo y con variadas maneras de pensar, de convivir y de resolver sus diferencias. Un pacto que estuvo sometido a duras pruebas en el siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX.

Aun cuando el país vivió un proceso de centralización del poder, del que no se salvó tampoco el propio Poder Judicial de la Federación, muchos de los estados libres y soberanos preservaron, durante buena parte del siglo pasado —gracias a los llamados hombres fuertes de la política nacional—, una autonomía real que no suprimió la idea de que no estamos en un país denominado México, sino en los Estados Unidos Mexicanos. Los sexenios panistas de esta centuria no modificaron la situación, sino que contribuyeron también a reforzar esta realidad.

En este siglo XXI, temas delicados, como el aborto, las uniones entre personas del mismo sexo y el uso de la marihuana con fines lúdicos, son abordados por la SCJN con espíritu liberal y garantista. Han sido asuntos que dividen indudablemente a los mexicanos, con una inevitable escalada de tomas de posición cerradas y agresivas, en parte alentadas por los medios de comunicación. Por lo que respecta a los dos últimos, de acuerdo con encuestas, no cuentan con la opinión favorable de la mayoría de la población de la República.

En aras del cumplimiento de los más altos ideales en materia de derechos humanos nos preguntamos si hace bien el tribunal constitucional mexicano en señalar, con bombo y platillo, los amplios caminos para el desarrollo de los temas delicados que aquí se han enumerado. Asuntos que por cierto han impulsado sectores urbanos de corte liberal, particularmente de la capital del país.

No se ha explicado, de manera suficiente y clara a toda la nación, que los pronunciamientos de la SCJN no cancelan el derecho de otros sectores sociales y regiones a disentir de esas maneras de pensar, con el propósito de no dividir a los compatriotas. Y creo que tampoco se ha ocupado, con el mismo énfasis, de publicitar la garantía de otros derechos humanos, como la vivienda, el medio ambiente, el acceso al agua y la alimentación.

Pienso que se necesita una dosis de humildad y un esfuerzo adicional de comunicación del Poder Judicial de la Federación para difundir aquellas tesis que benefician, sin duda, a las mayorías, sin enaltecer demasiado un triunfo de los derechos humanos de las minorías.

¿Hasta dónde la Suprema Corte de Justicia de la Nación también debe preocuparse, hoy, por garantizar la unión de los mexicanos?




Formación electrónica: Luis Felipe Herrera M., BJV