La regulación del derecho de asilo en el IV Concilio de México (1771), y sus consecuencias en la práctica judicial
En Indias, el asilo en sagrado dio origen a problemas de diversa índole, pero, sobre todo, fue fuente de frecuentes conflictos entre ambas potestades que se acentuarán en el siglo XVIII. En el marco de la celebración del Concilio Provincial de México de 1771, el presente artículo estudia la Disertación V del asistente real, Antonio J. de Rivadeneira, Sobre la materia del asilo o inmunidad local de iglesias o lugares sagrados, a partir de un expediente judicial sustanciado ante la audiencia episcopal del arzobispado de México. En la referida causa, la autoridad eclesiástica manifiesta que la tramitación del expediente implicó la fractura con la praxis anterior entre la Iglesia y la autoridad secular en la sustanciación de los procesos de extracción de delincuentes no beneficiados con el derecho de asilo. El objeto de esta investigación es de determinar si la disertación V de Antonio de Rivadeneira está presente o influyó de algún modo en este cambio, y en la fundamentación de las posiciones de los actores del proceso.
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