EDITORIAL

En esta ocasión, la revista Reforma Judicial. Revista Mexicana de Justicia tuvo que unificar las publicaciones de sus números 23 y 24, debido a inconvenientes que se tuvieron en el camino editorial.

Este número 23-24 ofrece al lector grandes temas de interés para investigadores, académicos, impartidores de justicia y público en general, a fin de realizar un análisis a través de sus distintas secciones.

En la sección El Poder Judicial: su normatividad y función se encuentra el artículo “¿Cómo estudiar el derecho desde una perspectiva dinámica?” de Ana Laura Magaloni, en donde se plantea el paradigma normativista, su objeto de estudio y los problemas a solucionar dentro de él. También se describe la pragmática instrumental y se hace una ligera crítica y comparación a la pragmática formal. Por último, se señala la importancia del pensar del jurista desde la relación de la norma con la realidad social. Resulta un trabajo muy interesante a partir de la experiencia que la autora ha tenido como investigadora, docente y directiva de una escuela de derecho. Su propuesta ofrece elementos muy importantes para considerar el momento de cambio en que nos encontramos, que repercute directamente en la formación de nuevos abogados y practicantes del derecho.

El artículo “La ponderación en la argumentación constitucional: una (ligera) mirada”, escrito por Juan M. Mocoroa, da un análisis bastante comprensible, aunque no extenso, de la “ponderación” como una estructura formal que se implementa para entender la forma y el control con el que se lleva a cabo la racionalidad de las decisiones judiciales. La explicación es útil y clara para entender a plenitud dicha herramienta, la que en muchos casos es malentendida en asuntos donde se presentan conflictos de derechos fundamentales y no resulta tan fácil determinar cuál de los derechos debe de prevalecer.

En la sección La justicia desde un enfoque comparativo se brinda al lector el artículo “Prolegómenos del estado actual del derecho probatorio en México” de Adrián Polanco Polanco, quien realiza una crítica hacia la forma tradicional en la que el derecho procesal se ha acercado a la teoría de la prueba, lo cual invita a pensar en un punto de partida interesante, en el que se da la propuesta de incorporar conceptos provenientes de la epistemología para la renovación de la teoría del proceso.

El artículo “El Código Nacional de Procedimientos Penales y la defensa a la defensa” de Oscar Cruz Barney expone el derecho fundamental de la defensa que todos tenemos, así como la relación íntima entre el derecho de defensa y la libertad del abogado. El artículo destaca la importancia de entender que el ejercicio pleno de la abogacía garantiza una defensa eficaz de la persona y sus derechos.

En el apartado de Documentos, el primero que encontramos es el “Informe del Relator Especial sobre tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes sobre su misión a México”. Entre el 21 de abril y 2 de mayo de 2014, el relator especial Juan E. Méndez visitó México para realizar una misión relacionada con los temas de tortura.

En el Informe final de su misión, el relator especial comienza con el análisis del marco jurídico internacional y nacional que regula estos casos, para luego analizar el problema a partir de la evaluación de los distintos tratos inhumanos y su situación actual. Por último, nos brinda sus conclusiones y recomendaciones al respecto, y llama al gobierno a implementarlas lo antes posible y a la comunidad internacional a asistir a México en su lucha por eliminar los malos tratos y garantizar la reparación de daños a las víctimas. Este Informe generó una acalorada discusión con los representantes del gobierno mexicano.

En el segundo documento se encuentran las “Observaciones finales sobre el informe presentado por México en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención”, en el que el Comité contra Desaparición Forzada de la ONU examinó en febrero del presente, el informe presentado por México y aprueba varias observaciones finales, describiendo los procedimientos de acción urgente, los motivos de preocupación, las medidas preventivas para la desaparición forzada, las medidas de reparación y protección, entre otros temas de suma importancia, dados los acontecimientos que se vivieron este año en nuestro país, involucrando a múltiples autoridades del mundo judicial.

El tercer y último documento es una conferencia de Oscar Cruz Barney, titulada “La internacionalización de la abogacía en México”, que tiene su origen en la ponencia sustentada en la Conferencia Anual de la Abogacía 2013 que organiza el Consejo General de la Abogacía Española. En este trabajo, el autor plantea que el ejercicio del derecho en México está limitado y hasta cierto punto llega a ser escaso en su aplicación nacional. Por este motivo, el autor propone una revisión del papel que juega esta profesión y del necesario reconocimiento del Estado. Asimismo, el autor enfatiza que una ley general de abogacía es urgente para darle el respeto y la dignidad a esta profesión.