El matrimonio infantil y la dispensa de edad
Voto concurrente que formula el ministro Juan Luis González Alcántara en la Acción de inconstitucionalidad 22/2016, fallada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 26 de marzo de 2019. La pregunta constitucional recayó en saber si era constitucional la eliminación de la dispensa de edad por causas graves y justificadas para que personas menores de edad pudieran contraer matrimonio. La mayoría consideró que la reforma impugnada era constitucional. El voto concurrente se aparta respecto de la argumentación en torno a la distribución competencial sobre el establecimiento de la “edad mínima” para contraer matrimonio, la conceptualización de la eliminación de la dispensa como una “restricción”, así como la eliminación de la institución de la emancipación del ordenamiento estatal.
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