Mandado de segurança colectivo e sua impetração por partido político

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Edilson Pereira Nobre Júnior

Resumen

La Constitución Brasileña de 1988 concibió el mandado de segurança coletivo o recurso de seguridad colectivo como un medio de protección constitucional en contra de leyes y actos que vulnerasen derechos colectivos y difusos. Los sujetos legitimados para promoverlo son los sindicatos, asociaciones y partidos políticos, respecto de estos últimos, la jurisprudencia y la doctrina no logran ponerse de acuerdo si su legitimidad es únicamente en relación a sus afiliados o de la comunidad en general. Los requisitos que deberán observarse para su promoción son los mismos que los del mandado de segurança individualun derecho líquido y cierto y un acto de autoridad.

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Cómo citar
Pereira Nobre Júnior, E. (2007). Mandado de segurança colectivo e sua impetração por partido político. Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana De Derecho Constitucional, 1(16). https://doi.org/10.22201/iij.24484881e.2007.16.5794
Sección
Artículos Doctrinales