La validación de convenios para la constitución de los llamados derechos de vía usados para el transporte por ducto de hidrocarburos en México prevista en el artículo 105 de la ley de hidrocarburos mediante diligencias de jurisdicción voluntaria

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Resumen

En este artículo se aborda la importancia de la validación jurisdiccional de convenios relacionados con derechos de vía para el transporte de hidrocarburos, destacando las cuestiones legales y las controversias que rodean este proceso en México. El procedimiento de validación establecido en el artículo 105 de la Ley de Hidrocarburos se centra en garantizar la legalidad y equidad de los acuerdos de voluntades relacionados con servidumbres voluntarias de paso para actividades de hidrocarburos, sin involucrar resolución de conflictos entre las partes. La controversia en torno al procedimiento adecuado para solicitar la revisión y validación de estos acuerdos ha generado discusiones jurisprudenciales, con opiniones divergentes de tribunales colegiados. Este artículo analiza esos debates y busca proporcionar conclusiones que puedan servir como base para un análisis más profundo de la jurisdicción voluntaria en este contexto.

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Cómo citar
Marcin Balsa, F. (2023). La validación de convenios para la constitución de los llamados derechos de vía usados para el transporte por ducto de hidrocarburos en México prevista en el artículo 105 de la ley de hidrocarburos mediante diligencias de jurisdicción voluntaria. Revista De Derecho Privado, 1(21), 69–94. https://doi.org/10.22201/iij.24487902e.2022.21.18761
Sección
Artículos

Citas

Diario Oficial de la Federación (2016). “Lineamientos y Modelos de Contratos destinados al establecimiento de los llamados derechos de vía”, https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5439693&fecha=02/06/2016#gsc.tab=0

Tesis 1a./J. 79/2019, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Decima Época, t. I, noviembre de 2019, p. 294.

Calamandrei, Piero (1997). Derecho Procesal Civil (Istituzioni di Diritto Processuale Civile) (Enrique Figueroa Alonso, trad.). Harla.