Volver a los detalles del artículo En casos en donde se pueda acreditar la existencia de hechos que presumiblemente son discriminatorios, corresponde al demandado la prueba de su inexistencia o que tuvo como causa un motivo objetivo y razonable no relacionado con tratos discriminatorios. Extracto de la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Argentina, 20 de mayo de 2014