El control abstracto en Colombia: puntos de encuentro y desencuentro entre la Corte Constitucional y el Consejo de Estado
El texto analiza el control abstracto de constitucionalidad en Colombia, y subraya los puntos de convergencia y divergencia entre la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. Examina la evolución histórica de este mecanismo, desde la Constitución de Cundinamarca de 1811 hasta la Constitución de 1991, que introdujo un modelo de Estado social de derecho. La Corte Constitucional fue establecida por el Constituyente del año 1991 como el órgano encargado de garantizar la supremacía constitucional, mediante el control de leyes y decretos con fuerza de ley, mientras que al Consejo de Estado se le asignó un control residual sobre actos administrativos y decretos de la misma naturaleza. Las anteriores premisas jurídicas pareciera que generaban certidumbre jurídica en el ejercicio del control constitucional. Pero, como se desarrolla a lo largo de este artículo, las barreras competenciales entre las dos corporaciones judiciales se han desdibujado, si se tiene en cuenta que el tribunal de la constitucionalidad actualmente está asumiendo conocimiento sobre actos administrativos, bajo el amparo de una competencia atípica no diseñada originalmente en el texto superior.
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