Los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978.
Enero - Abril 2000
Nueva Serie Año XXXIIIISSN 0041 8633 LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978
Pedro CRUZ VILLALÓN
Javier PARDO FALCÓN
El artículo inicia con una discusión acerca de los referentes teóricos que identifican a los derechos fundamentales. Se analiza su calidad de "garantías", los sujetos y destinatarios de los mismos, y también su contenido y límites. Después de este marco conceptual general, se aborda el estudio de los derechos fundamentales específicos previstos en la Constitución española, tales como los inherentes a la persona humana; los de naturaleza económica; las garantías del proceso, y los derechos de igualdad, entre otros. En un notable esfuerzo de síntesis, se intenta resumir -cuidando la descripción y el análisis cualitativo- una área del derecho constitucional español complejo y amplio: los derechos fundamentales.
* Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
Detalles del artículo
Uso de licencias Creative Commons (CC)
Todos los textos publicados por el Boletín Mexicano de Derecho Comparado sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.
Derechos de autoras o autores
De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Boletín Mexicano de Derecho Comparado reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— al Boletín para permitir su difusión legal en acceso abierto.
Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en este Boletín.
Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.
Derechos de lectoras o lectores
Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos del Boletín por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.