La utilidad del iuscomparatismo en la armonización de los sistemas jurídicos
Septiembre - Diciembre 2003
Nueva Serie Año XXXVIISSN 0041 8633 LA UTILIDAD DEL IUSCOMPARATISMO EN LA ARMONIZACIÓN DE LOS SISTEMAS JURÍDICOS
María Isabel GARRIDO GÓMEZ *
En el presente trabajo se pone de relieve la utilidad del derecho comparado en la armonización de los sistemas jurídicos vigentes. En este orden de ideas, la función que desempeña se centra en el empleo del método comparativo, como paso previo a la acción armonizadora. De la comparación puede resultar una igualdad, una similitud o una identidad de razones jurídicas, siendo un paso decisivo en el logro de un sistema que encierre una razón nueva, producto de la suma de razones de los sistemas jurídicos objeto de la armonización. Esto es lo que mueve a afirmar que el derecho comparado ayuda a conocer y a comprender una perspectiva ajena, moviéndose entre la explicación y la comprensión.
Palabras clave: derecho comparado, sistemas jurídicos, armonización.
*Profesora titular de filosofía del derecho de la Universidad Complutense de Madrid, España.
* Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
Detalles del artículo
Uso de licencias Creative Commons (CC)
Todos los textos publicados por el Boletín Mexicano de Derecho Comparado sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.
Derechos de autoras o autores
De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Boletín Mexicano de Derecho Comparado reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— al Boletín para permitir su difusión legal en acceso abierto.
Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en este Boletín.
Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.
Derechos de lectoras o lectores
Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos del Boletín por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.