Ley natural y naturaleza humana
Mayo - Agosto 2004
Nueva Serie Año XXXVIIISSN 0041 8633


Robert P. GEORGE **
En el presente ensayo se hace una reseña de las críticas que ha recibido la teoría de la ley natural, originalmente propuesta por Germain Grisez y posteriormente desarrollada por otros filósofos del derecho, como John Finnis, Joseph Boyle, William May y Patrick Lee. Los objetivos del autor son demostrar, en primer lugar, que contrariamente a lo que sus críticos afirman, la teoría de la ley natural propuesta por Grisez no excluye el supuesto de que el bien humano básico o las normas morales están basadas en la naturaleza humana o tienen conexión con ella; y en segundo lugar, que Grisez y sus seguidores están en lo correcto al mantener que nuestro conocimiento del bien humano básico y de las normas morales no necesita ni puede ser lógicamente deducido o inferido o derivado de los hechos de la naturaleza humana.
Palabras clave: derecho natural, naturaleza humana, moralidad, razón práctica.
* Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
Detalles del artículo
Uso de licencias Creative Commons (CC)
Todos los textos publicados por el Boletín Mexicano de Derecho Comparado sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.
Derechos de autoras o autores
De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Boletín Mexicano de Derecho Comparado reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— al Boletín para permitir su difusión legal en acceso abierto.
Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en este Boletín.
Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.
Derechos de lectoras o lectores
Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos del Boletín por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.