Violaciones indirectas a derechos humanos por actos de particulares. Caso: el tráfico de armas de Estados Unidos a México
La defensa y garantía de los derechos humanos debe llevarse a cabo tanto en sede nacional, como en el plano internacional y aunque el primer obligado a respetar y garantizar los derechos de los habitantes es el Estado, es innegable que las violaciones a derechos humanos igualmente pueden provenir de particulares. La venta, el tráfico ilegal y la disponibilidad indiscriminada de armas producidas por empresas, y que son utilizadas en agravio de seres humanos, constata nuestra afirmación. Por esta razón, creamos el concepto de violaciones indirectas a derechos humanos por actos de particulares, para dar el soporte epistemológico a esta cuestión y abrir la posibilidad a la exploración de nuevos mecanismos de garantía, tanto en sede doméstica como en el ámbito internacional.
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