Análisis comparado de la jurisprudencia del TJUE y de los tribunales norteamericanos en materia de validez de las cláusulas de elección de tribunal en los contratos de consumo online

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Juan M. Velázquez Gardeta

Resumen

Las relaciones de consumo que se verifican por Internet suponen un reto para los juristas, que se ven obligados a repensar muchas cuestiones ya pacíficas para el ámbito de los contratos online. Una de las más trascendentes es la validez de las cláusulas de elección de tribunal competente. Al debate entre autorregulación y control estatal se suma el factor de la tradicional desprotección de los consumidores y la velocidad de celebración de contratos en la red. La posibilidad de que el consumidor interponga su demanda en el Estado de su domicilio es la clave para que el principio de tutela judicial efectiva sea real. La regulación de los criterios formales de las cláusulas de elección de tribunal y el establecimiento de unos principios de fondo no sólo garantizan el equilibrio entre las partes, sino que van en pos de un aumento de la confianza en las relaciones de consumo online. La experiencia de los tribunales norteamericanos en la cuestión, derivada del mayor número de transacciones online, sirve para ser exportada a otros sistemas jurídicos. Algunos conceptos como el de stream of commerce o doing business, que guardan relación con sitios web activos y pasivos, son la base aún de la elaboración de normas de competencia judicial internacional. En ese sentido, la Unión Europea cuenta con la ventaja de ser un sistema integrado con un máximo órgano intérprete del derecho. Por último, la necesidad de normas convencionales se hace patente en América, donde los intentos de unificación han sido estériles.

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Cómo citar
Velázquez Gardeta, J. M. (2017). Análisis comparado de la jurisprudencia del TJUE y de los tribunales norteamericanos en materia de validez de las cláusulas de elección de tribunal en los contratos de consumo online. Boletín Mexicano De Derecho Comparado, 1(148), 427–456. https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2017.148.11006
Sección
Artículos