De la autonomía personal al consentimiento informado y las voluntades anticipadas
En este trabajo se aborda cómo los individuos hemos logrado en los últimos tiempos el respeto a nuestra dignidad en el momento de la muerte, ejerciendo nuestra autonomía al asumir decisiones con relación a la manera en que queremos vivir el tránsito de la vida a la muerte, si bien no tomando el control sobre el momento mismo de la muerte, sí sobre las condiciones y la atención médica que deseamos nos sea proporcionada en ese momento. Desde el punto de vista jurídico se ha desarrollado la idea de que tratar a un paciente sin su consentimiento o pese a sus objeciones puede constituir una conducta antijurídica. Al derecho de la persona de autodeterminarse se corresponde el deber del médico de informar al paciente la verdad sobre su condición, los cursos de acción entre los cuales puede elegir, sus consecuencias, de manera que cuente con los medios para poder adoptar una decisión. El derecho a la información y al consentimiento informado se han desarrollado como un derecho autónomo, complementario al derecho a la salud. La doctrina del consentimiento informado dio lugar a que se empezara a reconocer el derecho que tenemos todos a tomar decisiones con respecto al final de nuestra propia vida. Vivir con dignidad ese momento significa, entre otras cosas, además de la eliminación del dolor y el sufrimiento, que se respete nuestra autonomía; esto es, nuestra voluntad sobre qué tipo de atención médica queremos recibir y hasta qué momento queremos recibirla. El paso siguiente sería encontrar el medio más adecuado para que esa voluntad pudiera expresarse, siendo que y es así como surgen las llamadas “voluntades anticipadas”, que actualmente forman ya parte del sistema jurídico mexicano en diversas entidades federativas, y lo cual ha llevado al desarrollo de un nuevo ámbito de servicios médicos para los pacientes terminales: los cuidados paliativos, que ya se encuentran previstos también a nivel federal en la Ley General de Salud.
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