Sobre la doctrina del control de convencionalidad: una apreciación crítica de la jurisprudencia relevante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
El uso de la doctrina del control de convencionalidad por parte de la Corte InterAmericana de Derechos Humanos es inconsistente con la Convención Americana, e incluso asumiendo lo contrario, inapropiado para los propósitos que la Corte tiene en mente. En primer lugar, ni el Artículo 2, ni otras disposiciones de la Convención, confieren un fundamento jurídico para el ejercicio de control por parte de la Corte o de jueces internos, en los términos en que la Corte lo propone. En segundo lugar, la elección del concepto de responsabilidad internacional por parte de la Corte es inapropiada para los propósitos de la Corte. Por último, el uso de la doctrina del control de convencionalidad puede debilitar de la posición de la Corte, como se observó en la denuncia la Convención por parte de Venezuela.
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