Las garantías de no repetición en la práctica judicial interamericana y su potencial impacto en la creación del derecho nacional
Este artículo analiza el contenido y alcance de las medidas ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como garantías de no repetición (GNR) (1998-2015) y su potencial impacto sobre el derecho local. Con este propósito, se construyó una matriz que las clasifica según su contenido y el margen de discrecionalidad que implícitamente se reconoce al Estado en la orden judicial. Se puede apreciar que todas las GNR tienen potencial para generar transformaciones nacionales en temas prioritarios para la región, por lo que aparecen como una nueva fuente de derecho interno. Sin embargo, la eficacia de esa nueva fuente jurídica puede estar condicionada por el grado de discrecionalidad que la Corte Interamericana concede a los Estados para implementar tales resoluciones, debido a que este es un criterio derivado del principio de subsidiaridad, en el que se refleja el nivel de coordinación y balance entre los ámbitos nacional e internacional. Se pudo observar que cerca del 75% de las GNR ordenadas por el tribunal regional suponen un nivel medio-bajo de discrecionalidad al Estado para implementar tales resoluciones, y, en algunos de estos casos, justamente la baja discrecionalidad se asocia con cuestionamientos sobre la legitimidad democrática de las decisiones internacionales.
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