El derecho preferente de los padres a educar a sus hijos conforme a sus propias convicciones. España y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El caso de la educación sexual integral

Jhenny Rivas Alberti
Alexander Espinoza Rausseo
Resumen

La educación sexual integral tiene por finalidad la adquisición de información completa precisa y objetiva, basada en evidencia científica apropiada para la edad y madurez sobre la sexualidad. También comprende la formación en principios, valores democráticos y derechos fundamentales, esenciales para la convivencia pacífica y responsable en sociedad.
El derecho preferente de los padres en la educación moral y religiosa de sus hijos se debe ejercer tomando en consideración el interés superior de niños y adolescentes. La intervención del Estado en la educación es clave en virtud de la dimensión prestacional del derecho a la educación y en lo sustantivo encuentra justificación dada la vinculación entre enseñanza y democracia. El Estado tiene la obligación en cuanto a su función en la educación de impartir los contenidos de manera crítica, objetiva y pluralista, estándole prohibido cualquier objetivo de adoctrinamiento.

Palabras clave:
educación sexual integral, derecho preferente, neutralidad del Estado

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Rivas Alberti, J., & Espinoza Rausseo, A. (2025). El derecho preferente de los padres a educar a sus hijos conforme a sus propias convicciones. España y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El caso de la educación sexual integral. Boletín Mexicano De Derecho Comparado, 58(173), e19662. https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2025.173.19662

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